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Pensionados no podrán trasladarse a Colpensiones
El último fallo de la Corte Suprema define en cuáles casos, quienes no recibieron asesoría adecuada, podrán aplicar a un cambio del régimen pensional.
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Martes, 2 de Marzo de 2021

La Corte Suprema de Justicia publicó el último fallo sobre traslado de pensiones, en el que se definió en qué casos las personas que no recibieron asesoría adecuada podrán aplicar a un cambio del régimen pensional.

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Uno de los puntos sobresalientes en la reciente normatividad tiene que ver con que quienes ya están recibiendo su mesada, no podrán regresar a Colpensiones, así hayan recibido información deficiente a la hora de tomar la decisión de trasladarse a un fondo privado.

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El fallo puntualizó que si la persona que hace el reclamo tiene estatus de pensionado, es “una situación jurídica consolidada, un estatus jurídico que no es razonable revertir o retrotraer”.

El organismo añadió que eso no significa que la persona que se vea afectada no pueda obtener reparación.
 

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