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Constitución de 1991 y cierre del conflicto armado
La Carta Constitucional incorpora el Artículo 22 que plantea que la paz es un derecho y un deber de inevitable cumplimiento.
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Sábado, 22 de Mayo de 2021

La Constitución de 1991 fue producto de un contexto de violencias de diverso tipo –especialmente del narcoterrorismo-, obstrucción de los canales institucionales para tramitar estas reformas, cambios globales en curso –terminación de la ‘guerra fría’-, la implantación de un modelo de desarrollo económico neoliberal y una importante participación de los jóvenes fatigados con la violencia –la séptima papeleta-. Pero desafortunadamente, la Constitución que se denominó ‘para la paz’ tuvo en su origen elementos contradictorios –no sólo no se logró que participaran los dos actores relevantes del conflicto armado de ese momento, Farc, Eln y el sector remanente del Epl, sino que el día de la elección de los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente, en diciembre de 1990, el gobierno decidió bombardear ‘ Casa Verde’ una especie de punto de encuentro entre insurgencias y gobierno para acercamientos de paz-. Sin embargo la Carta Constitucional incorpora el Artículo 22 que plantea que la paz es un derecho y un deber de inevitable cumplimiento –iniciativa del constituyente Diego Uribe Vargas-, también instauró una Carta de Derechos muy importantes y de mecanismos para su vigencia –acción de tutela, acciones populares, creación de la Defensoría del Pueblo-, así como un amplio abanico de mecanismo de participación política y ciudadana, entre otros. 

Sin duda, pese al carácter contradictorio en algunos de sus aspectos, la Constitución de 1991 ha sido una herramienta fundamental para avanzar en la superación del conflicto armado interno. Permitió, además de los procesos iniciales con las guerrillas del M-19, el Epl, el Quintín Lame y el Prt, avanzar en procesos con la Corriente de Renovación Socialista (CRS), con varios grupos de milicias de la ciudad de Medellín, posteriormente la desmovilización de un sector importante de los paramilitares o autodefensas (Auc) y se logró finalmente, luego de intentos frustrados un Acuerdo de Paz con las Farc-Ep. 

Pero todavía no hemos podido cerrar el conflicto armado, porque, de una parte, el ‘modelo’ de acuerdos de paz ha sido el de ‘paz parcelada’, en la medida en que ha sido imposible lograr un proceso de concertación o negociación con el conjunto de las insurgencias, por ello y a pesar de lo significativo que fue el acuerdo con las Farc-Ep, siguió siendo uno más de los acuerdos parciales, más allá de si se trató, en este caso, con la insurgencia militarmente más fuerte y que el mismo haya logrado desarrollos importantes como lo fue el Estatuto de Oposición, anunciado ya por la Constitución de 1991, pero que había quedado en el limbo. Seguimos aún con un gran pendiente como lo es la insurgencia del Eln, otra de las históricas junto con las Farc y el Epl, y que tuvo en sus filas y en su legado parte del pensamiento del sacerdote Camilo Torres Restrepo, con la cual sigue aplazado un acuerdo de terminación integral del conflicto armado. Paradójicamente fue en el gobierno de Álvaro Uribe, en las conversaciones en La H
abana durante dos años, donde se logró avances importantes en la construcción de una ‘hoja de ruta’ con el llamado ‘Preacuerdo Base’ y posteriormente durante el gobierno de Santos
igualmente se logró definir una agenda y unos procedimientos de negociación, así como un acuerdo para un cese bilateral de fuego de más de cien días –estando la delegación del gobierno bajo la conducción del exministro conservador Juan Camilo Restrepo—. 

Con seguridad, en esos avances hay elementos para retomar o iniciar un proceso de conversaciones con esta insurgencia, si ambas partes asumen con realismo los alcances y posibilidades y no pretenden mirar solamente con el lente ideologizado este desafío. 
 

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