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Cacería de brujas
La inverosímil decisión de las fotomultas sobre la autopista, tiene cara de todo, menos de una coherente solución.
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Sábado, 27 de Agosto de 2016

El sistema de fotomultas instalado en Villa del Rosario, ha sido objeto de duras críticas entre ellas las mías. Sustento mi posición en la absurda decisión de limitar la velocidad a sesenta kilómetros por hora en una autopista internacional, en la escasa logística para cumplir con el objeto contratado o concesionado o no sé cuál figura se utilizó; en la inexistente señalización requerida para operar tal responsabilidad y seguramente llenaría mi espacio en escribir lo que todos saben.

Sin embargo, leí una noticia por este medio de comunicación el 18 de agosto pasado y la verdad quedé paralizado ante la creatividad e imaginación del responsable de la movilidad, Sandro Duarte quien manifestó: “Además, a partir del próximo mes en la plataforma Runt deberán matricular el Soat, para que en caso de accidentalidad o comparendos los venezolanos paguen en Colombia”.

Las declaraciones del funcionario apuntan a creer más tontos a los demás, generando una expectativa atemorizante para los presuntos infractores de tan precipitada medida, puesto que pretende encontrar a los violadores de su capricho anunciando lo que en realidad no se puede dar por las siguientes razones: 

La ley 99 de 1993 en su artículo 9, definió el alcance del Registro Único Nacional de tránsito (RUNT) y en ninguno de sus apartes contempló la inscripción de vehículos viejos o de segunda y menos de otro país, aspecto confirmado en la Ley 105 de 2016 y aclarado mediante la Resolución 004775 de 2009 que establece la forma de matricular un vehículo en el RUNT, que además incluye la información del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), lo cual no se puede traducir en una fuente confiable de información y en cambio una clara muestra de su desconocimiento en el tema.

Lo anunciado por el Director del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de Villa del Rosario, riñe con la lógica porque así el conductor de un vehículo de matrícula venezolana posea el SOAT, la probabilidad de obtener información relacionada con nombre y dirección veraz es mínima puesto que no es un secreto que ese documento se tramita para mitigar los hechos en accidentes de tránsito, pero en ningún momento obliga a consignar los datos reales y en consecuencia sería una verdadera cacería de brujas la que podría iniciar dicho funcionario.  

Por otra parte, en caso de que la empresa de fotomultas pueda conocer la información del presunto infractor con la fotografía de una placa registrada en el país hermano, debe presentar tal invención a una institución de reconocimiento científico, lugar donde pueden participar aquellos que pretenden enredar a los ciudadanos con tan descabelladas declaraciones.  

Concluyo que la inverosímil decisión de las fotomultas sobre la autopista, tiene cara de todo, menos de una coherente solución que será burlada por todos los conductores de matrícula extranjera, así el promotor se dedique a la cacería imaginaria de infractores.

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