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Colombia
Tribunal frena decreto que ordenaba traslado masivo de pacientes a Nueva EPS
El Tribunal Administrativo de Antioquia suspendió de urgencia el decreto 182 de 2026, argumentando que trasladar a millones de pacientes a una entidad intervenida anula la libre competencia y pone en riesgo inminente el sistema de salud.

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Colprensa
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Miércoles, 11 de Marzo de 2026

El Tribunal Administrativo de Antioquia suspendió, mediante una medida cautelar de urgencia, la aplicación del decreto 182 de 2026 del Gobierno, al advertir que la reorganización territorial del sistema de salud entregaría el monopolio de la atención en 502 municipios a la Nueva EPS.

Argumentó que esa entidad está actualmente intervenida por el Estado, lo que obligaría al traslado forzoso de millones de pacientes y amenazaría con colapsar la prestación de este servicio público esencial para los colombianos.

El magistrado Daniel Montero Betancur ordenó al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud detener cualquier asignación de afiliados contemplada en la nueva normativa. El togado explicó que el modelo propuesto forzaba el traslado masivo de unos seis millones de usuarios, enviando a 2,6 millones de ellos directamente a la Nueva EPS.

Esta maniobra, según la revisión judicial, dejaba a dicha empresa operando como la única aseguradora habilitada en los regímenes contributivo y subsidiado en casi la mitad de las poblaciones del país.


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El fallo señaló que el documento técnico gubernamental carecía de una "justificación técnica seria" para explicar cómo una organización con un "serio quebranto financiero" y fallas previas en su servicio podía absorber de forma segura a tal cantidad de ciudadanos.

El magistrado concluyó que la ordenanza oficial configuraba "una lógica circular y excluyente" que bloqueaba el ingreso de competidores y transformaba la afiliación en "una imposición derivada del nuevo esquema", anulando por completo la libertad de elección de los usuarios.

Finalmente, la providencia determinó que concentrar de manera forzada a una población tan grande en una sola institución bajo intervención estatal no resulta compatible con los principios de eficiencia, calidad y continuidad en la atención médica.

Por ello, el juzgado decretó frenar de inmediato la ejecución del mandato presidencial hasta que se resuelva de fondo la acción popular interpuesta por el ciudadano Víctor Raúl Palacio, buscando prevenir un daño irreparable y garantizar la protección del patrimonio público y la salubridad de la nación.


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