La Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá ordenó la libertad del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quien desde que arribó al país en febrero de este año se encuentra recluido en la cárcel La Picota, de Bogotá.
El magistrado José Manuel Parra leyó su determinación este jueves durante más de tres horas, en las que se refirió al “conflicto de competencia entre jurisdicciones” que la Corte Constitucional tiene consigo para definir si la libertad de Mancuso debe resolverse en sede de Justicia y Paz o en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Parra, además, cuestionó el rol de la Procuraduría General de la Nación, que en la JEP ha actuado activamente para resolver la situación jurídica del exganadero cordobés, incluyendo la tutela con la que buscaba expulsarlo de aquella Jurisdicción, mientras que en Justicia y Paz impulsa el conflicto de competencias.
Luego de casi cuatro horas de explicaciones jurídicas, en las que el magistrado confirmó que Mancuso fue condenado tres veces, el magistrado anunció la decisión del Tribunal: cambiar las 57 órdenes de captura y medidas de aseguramiento que pesaban sobre el excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia por la firma de un compromiso.
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“Tendrá que presentarse cada vez que sea requerido a las fiscalías de Justicia y Paz y los tribunales de Justicia y Paz, pero también ante las distintas autoridades que eventualmente lo llegaran a requerir para que se continúe con lo esencialmente de este proceso transicional”, aseveró el Tribunal.
Se trata de, hasta ahora, la mayor victoria del exparamilitar desde su llegada a Colombia y su nombramiento como gestor de paz por parte del gobierno de Gustavo Petro. Su derrota más reciente llegó el 17 de abril, cuando la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó un hábeas corpus.
Mancuso intentó alegar que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) lo mantenía recluido en La Picota por un término ilegal e inaceptable, pues no había emitido una decisión de fondo luego de que la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz asumió competencia sobre su libertad.
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En marzo, la Sección de Apelación determinó que la JEP es la entidad competente para decidir si a Mancuso se le otorga libertad, o no, de acuerdo con los compromisos que él asuma dentro del Sistema Integral para la Paz.
Terminando ese mes, el abogado de Mancuso solicitó la libertad “transitoria, condicionada y anticipada” del exganadero, algo que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP negó por el momento con un auto de nueve páginas, firmado por la magistrada Heydi Baldosea y el magistrado Pedro Díaz.
Precisamente, el Tribunal de Cundinamarca se basó en la postura de la Sala de Definición para acotar que no se han vulnerado las garantías fundamentales de Salvatore Mancuso, sino que la JEP “ha desplegado varias actuaciones tendientes a resolver de fondo” el requerimiento de la libertad del excomandante de las Autodefensas.
El Tribunal explicó, en un documento de veintidós páginas firmado por el magistrado Carlos Alberto Orlando Jaiquel, que la JEP ya se pronunció frente a la libertad con un auto que llegó dentro de los términos que la ley le da a la Jurisdicción para pronunciarse y que, además, puede ser apelado.
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