El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la decisión de no avalar el preacuerdo entre la Fiscalía General de la Nación y el exdirector de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), Olmedo López, al detectar que el ente acusador cometió múltiples errores en el cálculo de las penas, no precisó la cantidad de delitos cometidos y permitió un manejo confuso sobre los montos de dinero que deben ser devueltos al Estado.
La magistrada ponente, Alma Gertrudis Chamat Lozano, señaló que en este proceso “no hay consenso respecto del número de peculados atribuidos al procesado y de su cuantía”. Mientras que el juez de primera instancia contó tres delitos de peculado (robo de dineros públicos), la Fiscalía se contradijo en varias audiencias mencionando a veces dos y otras veces tres eventos.
Esta falta de claridad fue determinante para frenar la negociación. El Tribunal explicó que “la cuantía del peculado por apropiación a favor propio se ha mantenido en $724.000.000, sin embargo, no sucede lo mismo con los delitos cometidos a favor de terceros”, donde el fiscal mencionó cifras tan distintas como $5.276 millones, $12.065 millones o $13.446 millones. Según la Sala, “esta situación, por sí sola, resulta suficiente para improbar el preacuerdo, en tanto no existe claridad respecto de los delitos que acepta el procesado”.
Uno de los puntos más críticos fue el reintegro del dinero. El Tribunal aclaró que Olmedo López no solo debe devolver lo que él recibió personalmente, sino que es responsable de asegurar que se devuelva lo que entregó a otros.
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La justicia recordó que “en los delitos que generan un incremento patrimonial para el procesado o para terceros, resulta obligatoria la restitución de al menos el 50% del valor apropiado” para poder negociar. En este caso, López devolvió sus $724 millones, pero no el dinero que fue a parar a manos de terceros, lo cual es una obligación legal.
El fallo concluyó que la validez de cualquier acuerdo “está sujeta al reintegro de, por lo menos, el 50% del valor apropiado y al aseguramiento del recaudo del remanente”. Al no cumplirse esto con los dineros entregados a políticos y contratistas, el pacto se consideró ilegal.
El Tribunal también encontró errores en el castigo económico. Explicó que la Fiscalía tasó la multa como si fuera tiempo de cárcel, aplicando porcentajes de rebaja que no corresponden.
“Lo correspondiente es que las multas de todos los delitos se sumen”, sentenció el Tribunal, citando que la ley exige sumar cada infracción sin superar el tope de 50.000 salarios mínimos. Además, regañó a la Fiscalía por usar el salario mínimo de 2025 para el cálculo, cuando la ley ordena usar el vigente al momento de los hechos (2023-2024).
"Si la justicia requiere más, habrá más"
Pese al revés judicial, Olmedo López envió una carta desde su lugar de reclusión asegurando que su compromiso de confesar no cambiará. "Sin importar si se aprueba o no el preacuerdo, mi decisión de colaborar es firme, consciente y no tiene marcha atrás", escribió el exfuncionario.
López, quien denunció haber rechazado sobornos de miles de millones de pesos para callar, reiteró su confesión sobre el "cónclave" en la Casa de Nariño para corromper congresistas. En su carta, sostuvo que sus declaraciones están respaldadas por pruebas y otros testigos: "No se trata de versiones aisladas ni de afirmaciones sin sustento... mi deber es decir la verdad completa, sin reservas".
Finalmente, el Tribunal Superior de Bogotá dejó claro que, aunque valora la colaboración de López, los jueces no pueden avalar pactos que "desconozcan o vulneren garantías fundamentales" o que se basen en cuentas matemáticas erróneas. El caso regresará ahora al juzgado de origen para continuar el proceso penal ordinario.
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