Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Colombia
Consejo de estado sí juzgará investidura de Petro cuando fue senador
La Sala Plena revocó la decisión que declaraba falta de competencia y determinó que el actual mandatario debe responder por sus presuntas inasistencias al Congreso entre 2018 y 2022, advirtiendo que su cargo actual no anula el control ciudadano.
Authored by
Image
Colprensa
Colprensa
Jueves, 26 de Marzo de 2026

La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado revocó la decisión de primera instancia que frenaba el proceso de pérdida de investidura contra el actual presidente, Gustavo Petro, y determinó que la corporación sí mantiene intacta su competencia constitucional para investigarlo y juzgarlo por las presuntas inasistencias injustificadas, en las que incurrió durante su periodo como senador, aclarando que el fuero presidencial vigente no lo exime de responder por actuaciones previas a su llegada a la Casa de Nariño ante su juez natural.

El ciudadano Joan Sebastián Moreno Hernández demandó la investidura del mandatario al argumentar que el entonces senador se ausentó de 17 sesiones plenarias donde se votaron proyectos de ley, entre el 28 de agosto de 2018 y el 27 de abril de 2022, sumado a otras ocho faltas en la legislatura del 20 de julio de 2018 al 20 de junio de 2019.

Según la acción pública, estas faltas configuran la causal de pérdida de investidura consagrada en el numeral 2 del artículo 183 de la Constitución Política.

La defensa del Jefe de Estado contestó que las ausencias estaban amparadas en motivos de salud y en actos administrativos expedidos por la mesa directiva del Senado. Posteriormente, el 21 de septiembre de 2022, la Sala 14 Especial de Decisión de Pérdida de Investidura declaró su falta de competencia para continuar con la instrucción procesal.

Esos primeros jueces creían que no tenían el poder para hacer un juicio que, en caso de salir en contra de Petro, pudiera terminar afectando su puesto actual como jefe de Estado. Decían que el Presidente tiene una protección especial ("fuero") que no se podía tocar.

El ciudadano que interpuso la demanda no se quedó de brazos cruzados y apeló la decisión. Dijo que la ley aplica para todos por igual. Explicó que la protección especial del Presidente cuida su trabajo actual en la Casa de Nariño, pero no sirve como escudo para borrar lo que haya hecho en el pasado, cuando era solo un senador.


Lea aquí:  Italia quedó a una victoria de clasificarse al Mundial 2026

 

Al revisar el caso, los jueces superiores le dieron la razón al ciudadano y ordenaron reabrir la investigación. Explicaron que los primeros jueces se confundieron: no están juzgando al "Presidente de la República" por cómo gobierna hoy, sino al "exsenador" por cómo trabajó ayer.

Los argumentos de la Sala Plena

El tribunal superior añadió que frenar la investigación solo por el cargo actual de Petro es un error muy grave, porque va en contra de la Constitución y le roba a los ciudadanos su derecho de vigilar y exigirle cuentas a los políticos.

También dejaron claro que este proceso es muy específico (solo para ver si pierde o no su título de congresista). No se puede comparar con meterlo a la cárcel o hacerle un juicio penal o disciplinario, los cuales sí tienen reglas y protecciones diferentes para un Presidente.

Los primeros jueces argumentaron que no podían adelantar el juicio porque un fallo en contra de Petro podría generar una inhabilidad que lo separara de su actual cargo como presidente. Sin embargo, el Contencioso Administrativo aclaró que las posibles consecuencias de la sentencia no son una razón válida para frenar la investigación ahora.

Explicaron que analizar los efectos reales del fallo y la incidencia del fuero presidencial es un tema que se sale de la competencia en esta etapa inicial. Ese análisis le corresponderá hacerlo al juez de primera instancia más adelante, justo en el momento en que deba dictar la sentencia final.

En conclusión, el caso vuelve a abrirse y la justicia seguirá su curso normal para investigar las pruebas y decidir, de una vez por todas, si Gustavo Petro faltó o no injustificadamente a su trabajo cuando estuvo en el Congreso.


Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en http://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion

Temas del Día