El Consejo de Estado rechazó este miércoles la solicitud de suspensión provisional del acto que nombró a Luz Adriana Camargo Garzón como fiscal general de la Nación, presentada por la abogada Sthefanny Feney Gallo Herrera. Según la Sección Quinta, el requerimiento fue extemporáneo y no se ajustó a los tiempos procesales establecidos por la ley.
De acuerdo con el auto del 8 de julio, la demandante argumentó que existía una orden de captura en contra de Camargo Garzón emitida por una autoridad judicial en Guatemala, por delitos como asociación ilícita, tráfico de influencias, obstrucción a la justicia y colusión.
Sin embargo, el alto tribunal explicó que la solicitud de suspensión provisional en procesos de nulidad electoral debe presentarse junto con la demanda, o posteriormente, siempre y cuando sea antes de su admisión y dentro del término de caducidad. “Frente al nuevo escrito de suspensión provisional, se rechazará la petición por cuanto no es el momento procesal para solicitar su decreto”, se indicó en la providencia.
Además de rechazar la medida cautelar, la Sección Quinta negó la insistencia de la misma demandante para tomar el testimonio de la funcionaria Amelia Pérez Parra, al considerar que la solicitud ya había sido resuelta y no es procedente reabrir ese punto. En el auto también se negó el control de legalidad propuesto por Gallo Herrera por falta de fundamentos normativos.
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Frente a otras peticiones realizadas por los demandantes para suspender el traslado de las pruebas, el Consejo de Estado ordenó requerir a la Presidencia de la República para que remita el expediente administrativo completo sobre el proceso de elección. La orden debe cumplirse en un plazo de tres días. El tribunal recordó que esta información había sido solicitada desde abril pasado y aún no se ha recibido.
En la misma decisión, el tribunal tomó nota de una observación hecha por la defensa de Camargo, que reprochó que uno de los demandantes replicó argumentos presentados por su defensa en otro proceso. Aunque el despacho no ordenó ninguna actuación específica frente a este hecho, indicó que los mecanismos disciplinarios están disponibles si se consideran pertinentes.
Una vez incorporadas las pruebas, se dará traslado a las partes para que presenten sus alegatos de conclusión, antes de que el alto tribunal profiera una decisión definitiva sobre la legalidad de la elección de Luz Adriana Camargo.
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