El coronel Luis Fernando Muñoz, comandante de la Policía Antioquia, manifestó que “la institución aperturó de forma inmediata una investigación disciplinaria para el esclarecimiento, de acuerdo a lo establecido por la ley”.
Así mismo, luego de que el uniformado que habría disparado contra este perro, de raza potencialmente peligrosa, tuvo que ser remitido a un centro asistencial para ser valorado por las mordeduras generadas por el animal.
Luego de esto, el policía deberá responder ante la justicia de la institución, donde se tomarían decisiones administrativas en contra del mismo, en caso tal de establecerse el uso desmedido de la fuerza en este procedimiento.
“La Policía Nacional reitera su compromiso por el respeto por la vida y el bienestar de los animales como seres sintientes. Así mismo se analizará el uso proporcionado y racional de la fuerza, de acuerdo con la ley y los reglamentos interno”, señaló el coronel Muñoz.
La principal discusión jurídica gira en torno a si el policía realmente enfrentaba una amenaza que justificara el uso del arma de dotación.
El abogado Francisco Bernate le aseguró a La FM que, desde una valoración preliminar, el ataque del perro “no era mortal”, debido a que “no afectaba órganos vitales”. A juicio del jurista, la respuesta del uniformado habría sido “desproporcionada” frente al nivel de riesgo que representaba el animal.
Las declaraciones del penalista toman relevancia dentro del análisis que deberán realizar las autoridades judiciales. Uno de los puntos clave será establecer si el agente actuó bajo el principio de legítima defensa o si, por el contrario, incurrió en un exceso en el uso de la fuerza.
¿Qué penas podría enfrentar un policía por la muerte de un perro en Colombia?
En Colombia, la proporcionalidad es uno de los criterios esenciales para determinar si una conducta puede justificarse legalmente. Por ello, la investigación buscará establecer si existían alternativas distintas al uso del arma para controlar la situación y evitar la muerte del animal.
De acuerdo con el Código Penal colombiano, el caso podría enmarcarse en el artículo 339A, relacionado con delitos contra los animales. La norma contempla sanciones para quienes maltraten a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado y le causen la muerte.
La legislación establece penas de prisión que van de 32 a 56 meses para quienes sean hallados responsables de este tipo de conductas. Además, la norma contempla castigos adicionales relacionados con actividades vinculadas al manejo de animales.
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Entre las sanciones previstas aparecen la inhabilidad especial de dos a cinco años para ejercer profesiones u oficios relacionados con animales, así como la prohibición de adquirirlos o tenerlos. También podrían imponerse multas de entre 30 y 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
El parágrafo del artículo únicamente excluye de responsabilidad los casos en los que animales domésticos sean sacrificados con fines de consumo y sin causar sufrimiento innecesario. Esa excepción, según expertos consultados, no tendría aplicación en este caso bajo investigación.
La discusión sobre la legítima defensa será determinante dentro del proceso judicial. Para que esta figura pueda ser reconocida, las autoridades deberán comprobar que existía un peligro real, actual e inminente para la integridad física del uniformado.
Por esa razón, videos, testimonios y dictámenes forenses serán piezas fundamentales para determinar si el policía tenía otras opciones antes de disparar contra el perro.
También se evaluará si el protocolo institucional para el manejo de animales potencialmente agresivos fue aplicado correctamente durante el procedimiento. La Policía Nacional sostuvo que el uniformado reaccionó después de que, presuntamente, el perro lo mordiera y le causara heridas en una de sus extremidades inferiores, situación que habría motivado el uso del arma de dotación.
Tomado de El Universal.
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