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Tribunal ordena reintegrar al director de Comfanorte
El Tribunal revocó la sentencia de primera instancia, amparó el derecho fundamental al debido proceso de Oscar Gerardino y suspendió los efectos jurídicos que ordenó la intervención de la entidad.
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La opinión
La Opinión
Jueves, 5 de Marzo de 2026

El Tribunal Administrativo de Norte de Santander ordenó el reintegro de Oscar Gerardino Astier como director de la Caja de Compensación Familiar de Norte de Santander (Comfanorte), cargo del que había sido separado tras la intervención administrativa decretada por la Superintendencia del Subsidio Familiar en diciembre pasado.

La decisión se produjo al resolver, en segunda instancia, una acción de tutela presentada por Gerardino, quien alegó vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo, al mínimo vital, a la defensa y a la estabilidad laboral.

En su fallo, el Tribunal concluyó que la Superintendencia desconoció el derecho al debido proceso al ordenar la intervención administrativa total de la entidad y separar de sus cargos a los directivos sin garantizar previamente un escenario para que el funcionario conociera y controvirtiera los hallazgos que sirvieron de base para la decisión.

La medida de intervención se adoptó mediante la Resolución 1535 del 12 de diciembre de 2025, luego de varias visitas de inspección realizadas a Comfanorte entre octubre y diciembre del mismo año. Estas diligencias tenían como propósito verificar denuncias, revisar la gestión administrativa de la entidad y evaluar el manejo del proyecto habitacional Torres del Norte.


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De acuerdo con la Superintendencia del Subsidio Familiar, en esas visitas se identificaron nueve hallazgos que llevaron a ordenar la intervención administrativa por un periodo de doce meses, lo que implicó la separación de quienes integraban la dirección y los órganos de administración de la caja de compensación.

Sin embargo, para el Tribunal, la actuación administrativa presentó inconsistencias jurídicas. En la providencia se señala que la entidad de control utilizó normas de carácter sancionatorio para justificar una medida presentada como preventiva, lo que generó una “ambigüedad normativa” sobre la naturaleza del acto.

El proceso judicial tuvo una primera decisión adversa para Gerardino. El 4 de febrero de 2026, el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Cúcuta negó las pretensiones de la tutela. No obstante, el exdirector impugnó el fallo y el caso fue revisado por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander.

Al estudiar el recurso, la Sala consideró que, aunque el accionante cuenta con otros mecanismos judiciales como la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, la tutela procedía de manera excepcional debido a los efectos inmediatos que produjo la intervención en su situación laboral.


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En consecuencia, el Tribunal revocó la sentencia de primera instancia, amparó el derecho fundamental al debido proceso de Gerardino y suspendió los efectos jurídicos de la Resolución 1535 que ordenó la intervención administrativa de Comfanorte.

Con esta decisión, el órgano judicial dejó sin efecto la medida que lo separó del cargo y ordenó que retome sus funciones como director de la caja de compensación.


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