El Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Villa del Rosario negó una medida cautelar solicitada por el Instituto Nacional de Vías (Invías) para suspender la orden de demolición de la estación de peaje La Parada, ubicada en el sector Lomitas. La estructura fue blanco de un atentado con carro bomba perpetrado por el ELN el pasado 19 de febrero.
La solicitud de Invías, presentada a través de una acción de tutela (Radicado 54 874 40 89 002 2025 00367 00), buscaba frenar temporalmente la demolición ordenada por el Inspector de Policía Jaime Castro Martínez y respaldada por la Alcaldía de Villa del Rosario. Sin embargo, el juez consideró infundadas las razones del instituto, argumentando que la infraestructura ya se encontraba colapsada como consecuencia del atentado terrorista, y por tanto no había nada que preservar.
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“El juzgado considera que no hay daño remediable porque la infraestructura ya fue destruida. Esa es la razón principal por la cual se niega la medida cautelar”, explicó el veedor social Miguel Ángel Flórez.
Además, se aclaró que la legalidad de las actuaciones del Inspector de Policía será resuelta de fondo en el fallo final de la tutela, por lo que, de momento, la demolición debe cumplirse.
Invías argumenta que se le violó el debido proceso, ya que el procedimiento policivo fue adelantado contra la Unión Temporal de Peajes Nacionales, y no directamente contra la entidad, que asegura ser la titular de la vía. Sin embargo, el juzgado dejó en firme la orden de demolición mientras se decide el fondo del asunto.
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De persistir Invías en su negativa a demoler la caseta, será la Dirección de Planeación Municipal la que ejecute la demolición, cobrando los costos a la entidad nacional. “Cada día que pase sin cumplir con la demolición implica nuevas sanciones económicas para Invías”, advirtió Flórez.
Tras la demolición, deberá iniciarse el trámite de licencias urbanísticas, comenzando por la de intervención y ocupación del espacio público, necesaria para solicitar luego la licencia de construcción. Estos trámites están sujetos a un plazo de hasta 45 días hábiles, y la comunidad tendrá la posibilidad de oponerse a su expedición.
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“La comunidad debe organizarse para rechazar cualquier intento de reactivación del peaje. Si Invías cumple con todos los requisitos, el alcalde Camilo Suárez estaría obligado a otorgar la licencia. Por eso el papel ciudadano es clave”, enfatizó el veedor.
El fallo judicial representa una victoria momentánea para la comunidad, que se opone a la reactivación del peaje, y marca un nuevo capítulo en una disputa que mezcla intereses institucionales, demandas sociales y las secuelas de la violencia.
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