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Declaran zona de reserva en el páramo del Almorzadero, entre Santander y Norte de Santander
La decisión prohíbe el otorgamiento de nuevas concesiones mineras y la expansión de la frontera agropecuaria.
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Colprensa
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Jueves, 14 de Mayo de 2026

 El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible declaró oficialmente la Zona de Reserva Temporal de Recursos Naturales Renovables en el Páramo Almorzadero, una medida que blinda más de 151.000 hectáreas de este ecosistema estratégico.

La meta es garantizar el suministro de agua para más de 180.000 habitantes de Santander y Norte de Santander que dependen de la regulación hídrica de este territorio, según explicó este jueves la ministra Irene Vélez Torres.

Este ecosistema es considerado una "fábrica de agua" natural que alimenta las cuencas de los ríos Chicamocha y Arauca, siendo vital para el consumo humano y el riego en el nororiente del país.


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Su geografía, que supera los 4.000 metros de altura, es uno de los pocos lugares en Colombia donde el cóndor de los Andes habita y se reproduce de forma natural. Históricamente, el Almorzadero se ha diferenciado de otros páramos por la presencia de comunidades dedicadas al pastoreo de ovejas, una actividad tradicional que ahora busca armonizarse con la protección ambiental para evitar la degradación del suelo.

La decisión fue formalizada mediante la Resolución 460 del 13 de mayo de 2026, que prohíbe de manera tajante el otorgamiento de nuevas concesiones mineras y la expansión de la frontera agropecuaria en la zona durante una vigencia inicial de cuatro años, prorrogables por dos más.

Esta restricción cumple con los acuerdos establecidos tras las movilizaciones campesinas de octubre de 2024, que exigían  excluir la minería de los complejos de páramo para asegurar la conservación de su biodiversidad endémica y su función como corredor ecológico entre los complejos del Cocuy y Santurbán-Berlín.


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La ministra Vélez destacó que la medida reconoce a las comunidades campesinas de los 17 municipios del área de influencia como guardianas del territorio. En ese sentido, la resolución permite la continuidad de las actividades agrícolas, pecuarias y turísticas preexistentes, así como el aprovechamiento forestal doméstico y la pesca de subsistencia, siempre que se realicen bajo principios de sostenibilidad y respeto al equilibrio natural.

Según Velez, la reserva temporal se establece como un instrumento jurídico para frenar la degradación del ecosistema mientras se consolidan estrategias de largo plazo para la preservación de este territorio hídrico fundamental para el nororiente colombiano.

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