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Corte tumbó cinco decretos más de la Conmoción Interior en el Catatumbo, ¿por qué?
No obstante, avaló tres normas que establecen medidas excepcionales en seguridad, trabajo y transporte para las zonas afectadas.
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Colprensa
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Jueves, 10 de Julio de 2025

La Corte Constitucional declaró inexequibles cinco decretos legislativos expedidos por el Gobierno en el marco del estado de Conmoción Interior en la región del Catatumbo, al considerar que no cumplieron los requisitos constitucionales exigidos para este tipo de medidas.

Al tiempo que avaló otros tres decretos que establecen medidas excepcionales de seguridad, protección laboral y transporte en las zonas afectadas.

El alto tribunal declaró exequible el Decreto Legislativo 118 de 2025, que establece un esquema de control operacional unificado de la Fuerza Pública durante la Conmoción Interior. Esta norma permite que un comandante militar, designado por el jefe de Estado, ejerza control sobre las Fuerzas Militares y la Policía en el Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González (Cesar), con el objetivo de restablecer el orden público y garantizar la seguridad ciudadana.


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También fue declarado exequible el Decreto Legislativo 119 del 30 de enero de 2025, que implementó medidas de protección en el trabajo. Esta disposición busca salvaguardar el derecho laboral en el contexto de la crisis humanitaria, permitiendo, entre otras medidas, la implementación obligatoria del trabajo en casa para preservar la vida e integridad de los trabajadores

Igualmente, la Corte dio vía libre al Decreto Legislativo 120 de 2025, que adopta medidas extraordinarias en el sector transporte. La norma permite flexibilizar recorridos, frecuencias y horarios de los servicios de transporte público terrestre en los municipios afectados, bajo coordinación con las autoridades de seguridad y transporte.

Decretos declarados inexequibles 

Por el contrario, la Corte declaró inexequible el Decreto Legislativo 132 de 2025, que autorizó medidas sobre combustibles. El alto tribunal concluyó que esta norma no fue firmada por todos los ministros del gabinete, lo que incumplía lo establecido en el artículo 214.1 de la Constitución.

La misma razón motivó la decisión de tumbar el Decreto Legislativo 133 del 5 de febrero, que permitía el uso de espectro radioeléctrico con fines humanitarios y de seguridad sin requisitos previos para las entidades públicas y organizaciones humanitarias en zonas afectadas.


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También fue declarado inexequible el Decreto Legislativo 135 de 2025, que habilitaba a gobernadores y alcaldes a modificar presupuestos territoriales y reorientar rentas para enfrentar los efectos del conflicto. Este decreto tampoco cumplió con el requisito de firma de todos los ministros del Gobierno.  

El Decreto 137 de 2025, que planteaba medidas integrales de protección para personas y comunidades en riesgo, incluyendo firmantes del acuerdo de paz, fue declarado inexequible por la misma razón formal: la omisión de firmas ministeriales requeridas.

Finalmente, la Corte declaró la inconstitucionalidad por consecuencia del Decreto Legislativo 155 de 2025, que proponía medidas para mejorar la infraestructura educativa. Esta decisión se adoptó en coherencia con la declaración de inexequibilidad del decreto base del cual dependía la norma.


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