A través de una carta la Subdirección de Inspección y Vigilancia del Ministerio de Educación le pide al Consejo Superior Universitario de la Universidad Francisco de Paula Santander (UFPS) abstenerse de realizar la designación de rector que está citada para pasado mañana y en la que resultaría elegido Héctor Miguel Parra, por séptimo periodo en línea.
La respuesta desde Mineducación se dio a conocer ayer después de que la semana anterior la Asociación Sindical de Profesores Universitarios (ASPU)-UFPS, la veeduría Procura UFPS y la Asociación Colombiana de Estudiantes Universitarios elevaran un derecho de petición a esta entidad pidiendo garantías electorales.
Una de los pedidos en ese documento estaba relacionado con la edad de Parra López, quien supera los 70 años y por consiguiente no podría asumir el máximo cargo al interior de la universidad por séptimo periodo.
En dicho derecho de petición se agregó un concepto del director Jurídico del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), Armando López Cortés, quien aseguró que con la expedición de la Ley 1821 de 2016, la edad de retiro forzoso actualmente es a los 70 años y en atención a la disposición del artículo 19 de la Ley 344 de 1996, solo los docentes universitarios en servicio activo cumplirán la edad de retiro forzoso a los 80 años, caso que inhabilitaría a Parra para ser rector.
El otro escenario relacionado en el derecho de petición tenía que ver con el voto en blanco y la votación obtenida en la pasada consulta electoral que dejó como único candidato elegible a Parra.
Para los promotores de este mecanismo, el ganador de la consulta fue el voto en blanco al obtener el 51,8% de los votos por cantidad (7.320 apoyos entre estudiantes, administrativos y docentes) frente a los 5.480 votos por Parra, que se vio superado en número de votos en la consulta de estudiantes, pero ganando en apoyos de administrativos y docentes.
De acuerdo con el parágrafo del artículo 258 de la Constitución Política, “deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde cuando en la primera vuelta de elecciones presidenciales, y de elección de Gobernadores, alcaldes y de Corporaciones Púbicas el voto en blanco constituya la mayoría del total de los votos válidos”.
Además de citar el artículo 258, señalan que la normativa establece que “tratándose de elecciones unipersonales, no podrán presentarse los mismos candidatos”.
La respuesta de Mineducación
Después de desglosar los diferentes puntos de vista planteados en el derecho de petición, y aclarar que una de las funciones es “verificar que las actividades se desarrollen dentro de la ley, los reglamentos y los estatutos de la institución de educación superior y solicitar la cesación de las actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico o a los estatutos”, el Ministerio emitió su concepto.
En la carta, que firma Gina Margarita Martínez Centanaro, se asegura que dichos señalamientos contra Parra López “podría afectar la legalidad de la decisión referente a la designación de rector que se adopte en el desarrollo de la sesión ordinaria por parte del Consejo Superior Universitario”.
Ante esta razón y “se procede a solicitarles que se abstengan de realizar la designación del rector de la UFPS hasta tanto esta Subdirección verifique la ocurrencia o no de las presuntas irregularidades”.
En la misiva se aclara que ir en contra de esta determinación ministerial, llevaría al Consejo Superior Universitario a “incurrir en multas sucesivas hasta de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes, sin perjuicio de las acciones o sanciones a que hubiere lugar por incumplimiento de las instrucciones dadas por el Ministerio de Educación Nacional conforme al inciso final del artículo 18 de la Ley 1740 de 2014”.
Lo que dicen los promotores del voto en blanco
César Arias, impulsor del voto en blanco aclaró que, a pesar de la alerta enviada por el Ministerio de Educación, la misma no sería tenida en cuenta por parte del Consejo Superior.
“El Ministerio abre una ventana de que Héctor Parra está inhabilitado de forma legal. A pesar de esto, el Consejo puede reunirse, y por los votos que sabemos que maneja Parra, puede elegirse con cinco de los nueve votos y eso abriría un tema legal.
Nosotros sabemos que ellos tienen entre sus planes de que en dos años saldría esa respuesta de inhabilidad. La pregunta es si vamos a poner a esperar dos años para que la justicia decida algo que es evidente”, le dijo a La Opinión.
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