“Este presidente ha decidido no delegar sus funciones en las comisiones de regulación de servicios públicos, al menos por un tiempo. Entonces voy a asumir el control de las políticas generales de administración de los servicios públicos de Colombia directa y personalmente en función de lo que la ley dice: Primero el interés general y el del usuario”.
De esta manera el presidente Gustavo Petro anunció en Boyacá la nueva estrategia con la pretende frenar el costo de vida en el país, jalonado, según él, por los precios de los alimentos y las tarifas de los servicios públicos.
En su presentación ante líderes de juntas de acción comunal de Duitama, Petro explicó que esta facultad está contemplada en la Constitución y en la Ley 142 de 1994 o de Ley de Servicios Públicos.
Fue así como precisó que el Artículo 370 de la Constitución indica que “corresponde al Presidente de la República señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los presten”.
También mencionó que el Artículo 68 de la Ley de Servicios Públicos fija la delegación de las funciones presidenciales a las comisiones de regulación. “El presidente señalará las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios, que le encomienda el artículo 370 de la Constitución Política, y de los demás a los que se refiere esta Ley, por medio de las comisiones de regulación de los servicios públicos, si decide delegarlas, en los términos de esta Ley. Las normas de esta Ley que se refieren a las comisiones de regulación se aplicarán si el presidente resuelve delegar la función aludida; en caso contrario, el presidente ejercerá las funciones que aquí se atribuyen a las comisiones”.
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Vale anotar que las comisiones de regulación fueron creadas para garantizar la competencia y la defensa de los derechos de los usuarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley 142 de 1994, siendo ellas la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA); la Comisión de Regulación de Energía y Gas Combustible (CREG); y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
En ese contexto, se estima que próximamente el mandatario oficialice esta decisión y se conozca la normativa por medio de la cual pueda asumir las competencias de dichas comisiones.
Contexto y reacciones
Entre los argumentos de Petro para tomar esta decisión figura el ascenso que en el último año tuvieron las tarifas de los servicios públicos domiciliarios, por ejemplo los de la electricidad y el gas que, según el Dane, aumentaron 22,40% y 21,93%, respectivamente.
Además, la reducción de los precios de la energía ha sido una de las banderas de este Gobierno, que el año anterior impulsó el llamado “Pacto por la justicia tarifaria”, pero que a juicio de los usuarios ha sido insuficiente.
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De acuerdo con Camilo Sánchez, presidente de Andesco, es muy peligroso tomar decisiones dictatoriales, porque parecen buenas en un primer momento, pero lo único que ha demostrado la historia de los vecinos es que se perjudica a los más pobres, porque al final de cuentas se pierde el buen servicio que se tiene en los diferentes servicios.
Resaltó que existe en Colombia algo muy importante, que son los subsidios. “Para la gente que no tiene recursos, y estamos hablando de eso, es mejorar el tema de los subsidios, focalizarlos en las personas que no tienen los recursos para pagar”, insistió.
Por su parte, Alejandro Castañeda, presidente de la Asociación Nacional de Empresas Generadoras (Andeg), comentó se esperaría que esto se dé en un marco de respeto por la institucionalidad de los servicios públicos y se mire qué antecedentes hay.
“Es decir, los antecedentes conocidos es que en algunos momentos efectivamente el presidente retoma funciones y hace ajustes desde el punto de vista regulatorio, pero esos ajustes son frente a unos temas puntuales”, anotó el dirigente gremial.
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Igualmente, añadió que habrá que esperar para ver cómo se definen este tipo de anuncios, qué cosas se van a tener en cuenta y cómo las van a tener en cuenta.
“Por el momento, efectivamente el presidente es el rector de la política sobre los servicios públicos domiciliarios y puede ejercer actividades de regulación, supervisión y control sobre los mismos. Habría que esperar para saber qué está pensando y cómo lo asumirá”, enfatizó.
Por su parte, Sergio Martínez Medina, escribió en Twitter: “Fui comisionado de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, y lamento profundamente que se rompa la institucionalidad, derivada de la Constitución del 91, que hizo posible la masificación de los servicios públicos en Colombia; el efecto de este tipo de decisiones será desastroso para el desarrollo futuro del país”.
Para Javier Gaviria, presidente de la Liga Nacional de Usuarios de Servicios Públicos Domiciliarios, la idea de Petro es posible, aunque rompe así una tradición, dado que hay una serie de comisionados expertos en cada sector y acabar con esa parte técnica sería otro error sin tener en cuenta otro argumento que algo político (ver Paréntesis).
Y añadió que si el objetivo del presidente es bajar tarifas, lo que debe hacer es cambiar la Ley 142 que ordena una actualización automática de las tarifas cada que la inflación acumula un crecimiento de tres puntos.
Además, deberá introducir un cambio en esa misma normativa que establece que los inversionistas deben ser remunerados, con una alta tasa de ganancias.
Fuente: El Colombiano
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