Las autoridades de tránsito y transporte de la ciudad empezarán a hacer controles a los vehículos del servicio de transporte especial escolar, teniendo en cuenta que los estudiantes ya retornaron a las aulas de clases de manera ciento por ciento presencial, por lo que se busca garantizar su seguridad durante los trayectos hacia los distintos centros educativos.
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Se verificará que las rutas escolares cumplan con la reglamentación exigida y que los vehículos hayan establecido las máximas medidas posibles para prevenir la siniestralidad.
Jorge Mayid Gene Beltrán, secretario de Tránsito y Transporte de Cúcuta, indicó que, el vehículo debe estar en óptimas condiciones técnicas y mecánicas, destacando que todos los asientos, sin excepción, deben contar con cinturón de seguridad.
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Asimismo, el funcionario detalló que cada puesto debe estar ocupado por un pasajero, es decir que no pueden ir niños de pie y, los menores de 10 años no pueden estar ubicados en la parte delantera del vehículo.
Gene señaló que todos los vehículos autorizados para prestar el servicio de transporte escolar tienen una marcación especial, la cual debe ir en la parte delantera, trasera y laterales con la leyenda “Escolar”. También deberán tener las calcomanías con los colores amarillo y negro que los identifiquen.
Solo podrán prestar el servicio de transporte escolar los vehículos de placa nacional, tanto “de placa particular amarilla como placa blanca. Los de placa blanca deben estar adscritos a una empresa transportadora”, agregó.
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La Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, afirmó que se hará especial hincapié en este tipo de transporte que está dedicados a movilizar a los niños, niñas y adolescentes ya que la prioridad es salvaguardar sus vidas y prevenir algún siniestro vial que pueda afectar su integridad.
“Con estas acciones preventivas buscamos fortalecer la seguridad en estos medios de transporte para evitar siniestros que lamentar. Desde el inicio del Gobierno, el objetivo siempre ha sido preservar la vida de todos los actores viales, especialmente la de los más vulnerables como en este caso, niños, niñas y adolescentes”, enfatizó la ministra.
El secretario precisó que durante esta semana iniciaron un plan piloto para supervisar cómo están trabajando las empresas que brindan este servicio de transporte escolar, luego de dos años de estar totalmente paralizadas debido a la pandemia.
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“Encontramos que no se usa el cinturón de seguridad, gravísimo. Hemos encontrado vehículos que, pese a que tienen la revisión técnico-mecánica al día, solo con una inspección visual, están pasando aceite, tienen las llantas lisas. También se evidenció que están llevando menores en la parte delantera”, mencionó el funcionario.
El secretario señaló que a las afueras de los colegios se está generando una gran congestión vehicular, por el desorden y la falta de cultura ciudadana de los conductores al ir a recoger a los estudiantes, porque atraviesan los carros en la mitad de la vía y no dan paso.
“La movilidad en la ciudad no ha cambiado, eso lo encontramos en un día, tanto en un colegio de estrato alto, como en un colegio de estrato popular. Hemos visto vehículos sin la marcación de amarillo y negro, que dejan y recogen a los niños en la mitad de la vía, vehículos de placa extranjera”, expresó Gene.
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Aunque la ley exige que los estudiantes menores de edad deben estar acompañados de un adulto coordinador en sus rutas, que deberá conocer todos los aspectos de seguridad del vehículo y de primeros auxilios, así como ubicarse cerca a la puerta de salida y verificar que al final de los recorridos no queden estudiantes en los vehículos, el secretario ha evidenciado que esto tampoco se está cumpliendo.
Al respecto, el director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis Lota, afirmó que es fundamental que los conductores de estos vehículos redoblen esfuerzos en verificar el buen estado de los vehículos.
“Hacemos un llamado para que se adelanten las revisiones técnico - mecánicas de los vehículos no solo cuando sea necesario y que además siempre, antes de emprender cualquier recorrido, se hagan las inspecciones necesarias para garantizar su óptimo funcionamiento", dijo.
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En aquellos vehículos que por causa de la pandemia estuvieron detenidos por largos periodos, "es importante verificar líquidos de frenos, estado de las llantas, luces, extintores, entre otros, para prevenir cualquier novedad”, agregó Lota.
Sanciones
De acuerdo con la ley, las multas para las empresas o vehículos de transporte escolar que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos para prestar este servicio pueden ir desde medio hasta 700 salarios mínimos, así como la inmovilización del vehículo dependiendo de la infracción.
Las sanciones se pueden aplicar por llevar menores de 10 años adelante, porque los niños sean transportados sin el cinturón de seguridad, porque el vehículo no lleve las marcaciones correspondientes, por exceder el número de pasajeros.
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Las empresas prestadoras del servicio deben contar con un plan de seguridad vial y entregar a los padres de familia una copia del contrato.
La Superintendencia de Transporte ha informado que estos operativos al transporte escolar servirán para verificar la documentación de los vehículos tales como: seguros, pólizas de responsabilidad civil contractual y responsabilidad civil extracontractual, SOAT, tarjeta de operación, licencia de conducción y el cumplimiento de la normatividad vigente referente a protocolos de bioseguridad para la mitigación de la COVID-19.
Adicionalmente, se validarán contratos de transporte, suscripción de convenios de emergencia, prueba de alcoholimetría, capacidad transportadora según tarjeta de operación y que no exista sobrecupo ni adecuación de sillas.
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Para el Superintendente de Transporte, Wilmer Arley Salazar Arias, “es importante que tanto las autoridades de transporte especial como los centros educativos, junto con los padres de familia, actuemos de forma rigurosa y responsable en la protección de los derechos de los menores que son transportados diariamente por las vías del territorio nacional. Con este llamado la entidad busca que la legalidad y la seguridad de los usuarios, en este caso representados por los estudiantes, esté siempre presente en el acceso al transporte público escolar, con el fin de que su prestación se lleve a cabo con la más alta calidad y cumpliendo con la normatividad establecida para ello”.
Consejos para padres de familia y cuidadores
Se recomienda que antes de contratar el servicio de transporte escolar los centros educativos, las asociaciones de padres, los grupos de padres y/o las entidades territoriales certificadas y las secretarías de educación, verifiquen que:
1. La empresa de transporte se encuentre debidamente habilitada para prestar el servicio de transporte especial. Para ello, podrán verificar la legalidad en el link: http://web.mintransporte.gov.co/Consultas/empresas/consulta_empresas_otras. asp.
Su consulta debe arrojar como resultado estado H (habilitada) en la modalidad especial. Asegúrese de incluir el Nit de la empresa sin guiones o espacios.
2. En el contrato se especifiquen las placas de los vehículos con los que se prestará el servicio, así como los recorridos y paradas.
3. Que la firma del contrato sea con el representante legal de la empresa habilitada.
Asimismo, durante la prestación del servicio de transporte escolar verificar que:
1. La ruta escolar lleve la leyenda “escolar” en las partes delantera, trasera y laterales. La delantera debe ser invertida para que pueda ser leída por otros vehículos a través de los espejos retrovisores. Artículo 2.2.1.6.10.3 del Decreto 1079 de 2015.
2. Las placas de los vehículos que presten el servicio de transporte escolar, así como los recorridos y paradas, efectivamente correspondan con las establecidas previamente en el contrato. Artículos 2.2.1.6.10.3 y 2.2.1.6.10.4 del Decreto 1079 de 2015.
3. Los vehículos cuenten con tarjeta de operación vigente y con pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual. Artículos 2.2.1.6.9.10 y 2.2.1.6.5.1 del Decreto 1079 de 2015.
4. Las licencias de conducción de los conductores de la ruta se encuentren vigentes. Artículo 34 de la Ley 336 de 1996 y Artículo 18 de la Ley 769 de 2002.
5. Los vehículos cuenten con revisión técnico-mecánica vigente. Artículos 50 y 51 de la Ley 769 de 2002, modificado por los Artículos 10 y 11 de la Ley 1383 de 2010.
6. El vehículo cuente con dos puertas no accionables por los escolares y con salidas de emergencia operables.
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