La Consejo de Estado anuló la elección de Jorge Andrés Carrillo Cardoso como presidente de Interconexión Eléctrica SA ESP (ISA), al determinar que el proceso de selección estuvo afectado por un vicio de expedición irregular que comprometió la validez del acto.
En sentencia de única instancia del 26 de febrero de 2026, la Sección Quinta concluyó que durante el trámite se introdujo una modificación sustancial en los criterios de evaluación cuando ya se había realizado una primera calificación de aspirantes, en la que Carrillo ocupaba los últimos lugares. El cambio incidió en el aumento de su puntaje y alteró el orden de clasificación, mientras la puntuación de otros candidatos disminuyó.
El alto tribunal también estableció que la Junta Directiva de ISA asumió funciones técnicas de evaluación y depuración que correspondían exclusivamente al Comité de Talento Organizacional, excediendo su competencia, que se limitaba a escoger al presidente a partir de la terna presentada por ese órgano.
Asimismo, la Sala observó que fueron desatendidos sin justificación expresa los resultados de la firma cazatalentos contratada para el proceso, cuyo informe desaconsejaba considerar al candidato para la dirección de una empresa de infraestructura de alta complejidad como ISA.
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Para la corporación, estas actuaciones vulneraron el principio de moralidad administrativa previsto en el artículo 209 de la Constitución, al apartarse de criterios de objetividad e interés general.
En cuanto a los requisitos de elegibilidad, la sentencia precisó que Carrillo sí acreditaba los 15 años de experiencia exigidos para el cargo y que la existencia de investigaciones penales en etapa de indagación no constituye causal de exclusión, en respeto a la presunción de inocencia consagrada en el artículo 29 constitucional.
Como efecto de la decisión, la Sección Quinta ordenó retomar el proceso de selección desde el momento anterior a la modificación de la matriz de evaluación, es decir, a partir del listado aprobado por el Comité de Talento Organizacional en enero de 2024, aplicando las reglas inicialmente definidas y excluyendo a los aspirantes que se retiraron.
Con ello, el Consejo de Estado dejó sin efectos la designación y dispuso rehacer la fase determinante del procedimiento para garantizar su ajuste a las reglas originalmente establecidas.
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