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Por qué el Consejo de Estado anuló la personería jurídica del partido de Daniel Quintero
Según la autoridad electoral, Independientes "fácilmente pudo haber aportado el 58,86%" de los votos válidos que el Pacto Histórico en las elecciones al Congreso.
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Colprensa
Colprensa
Jueves, 16 de Mayo de 2024

La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló este jueves la personería jurídica de Independientes, el hasta ahora partido político del exalcalde de Medellín, Daniel Quintero, aliado del Pacto Histórico y del presidente Gustavo Petro.

El proceso comenzó en agosto del año pasado, con una demanda de nulidad presentada por Luis Humberto Guidales, el veedor de Transparencia Electoral que logró tumbar la personería de Creemos, el partido del excandidato presidencial y actual alcalde paisa, Federico Gutiérrez.

Guidales narró el excandidato a la Alcaldía Juan Carlos Upegui, quien fue parte del gabinete de Daniel Quintero, le solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) en enero de 2023 otorgarle la personería jurídica a Independientes con base en los resultados electorales de 2022.

El CNE accedió a la solicitud, argumentando que el senador Alex Flórez y el representante a la Cámara Alejandro Toro, ambos del Pacto Histórico, resultaron electos en los comicios parlamentarios de hace dos años en representación de Independientes.

Según la autoridad electoral, Independientes "fácilmente pudo haber aportado el 58,86%" de los votos válidos que el Pacto Histórico en las elecciones al Congreso. "En pocas palabras, más de la mitad de los necesitados para el proceso de reconocimiento", dijo.

"Reconocer el derecho a la personería jurídica del movimiento Independientes protege y garantiza los derechos de sus simpatizantes y electores, para que puedan ejercer la defensa de una plataforma programática con las mismas garantías de los demás partidos que participaron en la coalición" del Pacto, agregó el CNE.


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El Consejo consideró que la elección de Daniel Quintero como alcalde de Medellín en 2019 impulsó el reconocimiento de Independientes a nivel nacional, lo que contribuyó a la elección de los dos congresistas. Pero Guidales no estuvo de acuerdo.

Para el veedor, "los grupos significativos de ciudadanos no tienen vocación de permanencia", así que no se podrían tener en cuenta los apoyos que recibió por firmas Quintero para soportar los supuestamente depositados en las votaciones de congresistas.

Cuando Independientes aún era grupo de ciudadanos, no partido, "no postuló candidatos al Senado de la República o Cámara de Representantes para las elecciones de 2022, y no se le pueden atribuir los votos de otras organizaciones políticas", subrayó.

Además, la demanda resaltó que, aunque Alex Flórez y Alejandro Toro tienen "afinidad" con Independientes, en realidad fueron avalados por Colombia Humana para participar en la coalición del Pacto, lo que implica que no representaban a la colectividad de Quintero.

Por último, según el demandante, el CNE no podía basarse en una supuesta adhesión de Independientes al Pacto, debido a que no existe una ley que permita "a los movimientos políticos sin personería jurídica que puedan inscribir candidatos y menos que puedan adherir a candidaturas de coalición.


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"Con la tesis del Consejo Nacional Electoral, cualquier movimiento ciudadano sin personería jurídica podría decir en cualquier elección que "adhirió" a otras candidaturas para el Congreso de la República y evadir los requisitos constitucionales que regulan la personería jurídica de las organizaciones políticas", aseveró.

La demanda llegó al despacho de la magistrada Gloria María Gómez Montoya, que desde el 30 de abril tuvo el expediente con sus alegatos a la espera de emitir alguna sentencia. En lo corrido del año, contando a Independientes, el Consejo de Estado ha anulado la personería jurídica de cinco partidos.


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