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Frontera
Una década que transformó la política migratoria colombiana
El Estado colombiano pasó de la reacción improvisada en atención migratoria a una política de integración social, económica y cultural.
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Keila Vilchez
Keila Vílchez B.
Martes, 19 de Agosto de 2025

En Colombia, al día de hoy, y según el último informe de Migración con corte de diciembre de 2024, hay 2.815.611 personas provenientes de Venezuela con vocación de permanencia en el país. Sin embargo, esta cifra ha ido creciendo desde hace 10 años cuando se dio el cierre fronterizo, pues en 2015 apenas llegaba a 31.471 migrantes, pero en 2018 el pico en cifras fue de 1.174.743 personas, y así progresivamente hasta los números que hoy se tienen.

El fenómeno de movilidad humana de los venezolanos, considerado uno de los más grandes e importantes de estos tiempos, obligó a Colombia a mover y desempolvar tratados internacionales y marcos normativos a los cuales estaba suscrito el país desde mucho antes del 2015, pero que poco había implementado.

Colombia acostumbrada a ser un Estado expulsor de migrantes, no había robustecido sus políticas migratorias en temas de recepción de personas en condición de movilidad. Y le tocó hacerlo con la gente dentro de la casa, es decir, sobre la marcha.

Ya la Constitución de 1991 deja las bases para lo que hoy vemos, tras 10 años del fenómeno venezolano, en sus artículos 13, 93 y 100 lo especifica. El primero de ellos establece que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley y recibirán la misma protección y derechos, libertades y oportunidades “sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión pública o filosófica”.    

Mientras que el 93 expresa que Colombia ratifica los tratados y convenios internacionales, en los cuales reconoce los derechos humanos.

Y el artículo 100 se contempla que los extranjeros en Colombia disfrutarán de los mismos derechos civiles que se reconocen a los colombianos. “gozarán, en el territorio de la República, de las garantías concedidas a los nacionales, salvo las limitaciones que establezcan la Constitución o la ley”.

El fenómeno de movilidad de los venezolanos es uno de los más grandes del mundo

El país no contaba con una política migratoria desarrollada y el trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, el ente encargado de la formulación de políticas migratorias en Colombia, apenas se había concentrado en dar algunos pasos de avance para los colombianos en el exterior.

En 2018, el Conpes 3950 marcó la inclusión ahora sí del tema migratorio dentro de la política de Colombia. Este documento centro su propósito en la atención de la población venezolana con vocación de permanencia en el país y estableció la ruta para abordar temas de gran trascendencia como acceso a salud, educación, trabajo, vivienda y seguridad, que anteriormente no se tenía claro.

El Gobierno de Iván Duque estableció esta ruta de tres años en la implementación de estrategias con una inversión de aproximadamente 422.779 millones de pesos. La importancia de este documento radica en que por primera vez el Gobierno colombiano cambia la forma de abordar el fenómeno de movilidad venezolano en el país, es decir, pasa de una gestión reactiva a una de planificación a largo plazo.

Tres años después, en 2021 se aprobó la Ley 2136, a través de la cual logró consolidar y establecer las definiciones, principios y lineamentos para la reglamentación de la Política Integral Migratoria (PIM) del Estado colombiano, en la cual se incluyeron aspectos como: propender una migración segura, ordenada y regulada; así como promover la integración socioeconómica, el desarrollo sostenible; articular la PIM con la agenda de las entidades del orden nacional, departamental y municipal.

Esta legislación, además, dejó sentado como un objetivo prioritario fortalecer y generar alianzas nacionales e internacionales: bilaterales, regionales y subregionales para la gestión migratoria y gobernanza de las migraciones.

Pero uno de los puntos cruciales de la Ley 2136 de 2021 fue el hecho de promover los sistemas de información para la identificación, caracterización y localización de la población migrante, necesaria para soportar estas políticas de Estado.

Un año después de esta legislación, Colombia aprobó el Conpes 4100 de 2022: ‘Estrategia para la Integración de la Población Migrante Venezolana como factor de desarrollo para el país’. Dicho documento trazó la ruta de trabajo en los próximos 10 años (2032) para garantizar la integración de los venezolanos en el país, con especial énfasis en la integración social, económica y cultural.

Mecanismos de regularización

El país tras el incremento de los flujos pendulares y población con vocación de permanencia, entonces, inicialmente implementó métodos para el primer grupo como la Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF), que permitió la movilidad por los municipios fronterizos. Este documento comenzó a utilizarse en mayo de 2017 y tuvo un lapso en la fue suspendida, pero estuvo activa hasta marzo de 2020.

La Frontera en 2018 se llenó de ciudadanos venezolanos

Sin embargo, una de las primeras medidas con contundencia para reducir los números de venezolanos en condición de irregularidad en el país, fue la implementación del Permiso Especial de Permanencia (PEP), en distintas versiones, que llegó a tener hasta nueve.

El primero se implementó en 2017 y tenía una vigencia de dos años, pero posteriormente el Gobierno prorrogó su uso. Los PEP permitían a los venezolanos trabajar, estudiar, tener acceso a los servicios de salud, pago de seguridad social; sin embargo, llegó un punto en el cual se generaron una serie de barreras para los beneficiarios del documento, porque no era reconocido como un documento de identificación, porque era impreso en una simple hoja de papel, y esto finalmente quedaba a discreción de la entidad que lo recibía.

Tras un esfuerzo del Gobierno colombiano, en 2021 exactamente el 1 de marzo lanzó la implementación del decreto del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV). Este mecanismo permitió a más de dos millones de venezolanos estar de forma regular en el país, sin importar la condición en la cual se encontraban al momento de su implementación.

El ETPV establecía la utilización del Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento de identificación de los venezolanos en Colombia con una vigencia de 10 años, eliminando los anteriores PEP.

PPT documento que identifica a los venezolanos en Colombia

La puesta en marcha de esta medida fue el resultado de una articulación entre el Gobierno y la cooperación internacional, que aportó recursos importantes para que fuera una realidad el ETPV. Pero, además, el trabajo con los gobiernos municipales y la sociedad civil organizada.  

Los niños apátridas

El Estado colombiano, para evitar la apatridia en niños venezolanos nacidos en el país, implementó la medida que se conoce como ‘Primero Niñez’, la cual se estableció por medio de la Resolución 8470 de 2019, que otorga el derecho a la nacionalidad colombiana a los hijos de padres venezolanos nacidos en Colombia, a partir del 19 de agosto de 2015.

Con esta resolución, se solucionó el riesgo que tenían estos niños de convertirse en apátridas.


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