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Colombia
JEP: cuerpos de secuestradas fueron "botín de guerra" y objeto de abortos
Los autos de imputación revelan un patrón macabro en los Bloques Sur y Oriental: violencia sexual sistemática, anticoncepción forzada a secuestradas y abortos.
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Colprensa
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Lunes, 9 de Febrero de 2026

Los Autos 33 y 34 de 2026 de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) desvirtuaron la narrativa histórica de las FARC sobre el respeto a la mujer en sus filas y revelaron, con detalles judiciales, que los Bloques Oriental y Sur implementaron una política de deshumanización donde los cuerpos de las secuestradas, incluyendo niñas, fueron sometidos a violencia sexual, esclavitud doméstica y control reproductivo forzado como parte de su estrategia de guerra.

La Sala de Reconocimiento documentó en el Auto 34 que el Bloque Sur, y específicamente la temida Columna Móvil Teófilo Forero, instrumentalizó la violencia sexual. La magistratura halló que no se trataron de hechos aislados de la tropa, sino de conductas permitidas y, en ocasiones, ordenadas por los mandos para ejercer poder sobre las víctimas.

El documento judicial consignó relatos de mujeres secuestradas que fueron obligadas a planificar o a las que se les suministraron inyecciones forzadas para evitar embarazos durante el cautiverio, anulando su autonomía reproductiva. La JEP imputó estos hechos como crímenes de lesa humanidad y de guerra, destacando que la "violencia sexual, esclavitud sexual y acceso carnal violento" fueron prácticas extendidas en los campamentos de esta estructura.

Esclavas en la selva

Más allá del secuestro extorsivo, el Auto 33, referente al Bloque Oriental, detalló cómo las mujeres fueron desproporcionadamente afectadas por el crimen de esclavitud. La investigación estableció que muchas víctimas no solo fueron privadas de la libertad por dinero, sino que fueron retenidas para realizar trabajos domésticos forzados: cocinar para la tropa, lavar uniformes y atender los caprichos de los comandantes.


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La JEP determinó que este sometimiento constituyó una forma de esclavitud contemporánea, donde la víctima quedaba anulada como persona y pasaba a ser un objeto de servicio para la organización armada. "Fueron obligadas a trabajar sin pago y sin posibilidad de irse", concluyó la Sala, rechazando la versión de los comparecientes que tildaban estas labores como "colaboración voluntaria".

Los magistrados hicieron énfasis en la sevicia del Bloque Sur. De las 398 víctimas directas acreditadas de esta estructura, un porcentaje alarmante reportó violencia sexual y tortura. La investigación señaló que mandos como Fabián Ramírez y Floresmiro Burbano ('Martín Corena') tuvieron conocimiento y control sobre estas conductas.

El auto relata casos donde la violencia sexual se ejerció como mecanismo de castigo o represalia ante intentos de fuga o falta de pago de las extorsiones. La JEP concluyó que la estructura de mando "no controló a la tropa" para evitar estos vejámenes, y en muchos casos, los propios comandantes fueron partícipes o instigadores de las agresiones.

El aborto forzado en cautiverio

Otro de los hallazgos críticos de la imputación es la práctica del aborto forzado. La JEP documentó que, bajo la lógica militar de la guerrilla, un embarazo en cautiverio era un "problema operativo". Por ello, las mujeres secuestradas fueron sometidas a procedimientos médicos no consentidos para interrumpir gestaciones, una práctica que constituye tortura y trato cruel e inhumano.

Los 22 imputados de ambos bloques, entre los que figuran alias 'El Médico' y 'Joaquín Gómez', deberán responder por estos hechos específicos. La JEP advirtió que la aceptación de responsabilidad debe incluir el reconocimiento explícito de esta violencia de género, desmontando la justificación de que se trataba de "relaciones sentimentales" consentidas en medio de la selva.


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