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Economía
¿Se demoraron en aprobar su pensión? Conozca cómo reclamar el retroactivo
El retroactivo pensional es el pago que reciben los jubilados por el tiempo que transcurre entre la fecha en que adquirieron el derecho a pensionarse y el momento en que finalmente se les reconoce la mesada.
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Colprensa
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Sábado, 16 de Agosto de 2025

Muchas personas que cumplen con los requisitos para pensionarse, como la edad mínima y las semanas cotizadas, no comienzan a recibir su pensión de inmediato por demoras en el trámite.

Para esos casos, existe el retroactivo pensional, un pago acumulado que cubre los meses en los que la persona debió empezar a recibir su mesada, pero no lo hizo por cuestiones administrativas.

Por ejemplo, si usted presentó su solicitud en octubre de 2024 y solo le aprobaron la pensión en enero de 2025, tiene derecho a recibir esos tres meses de pagos atrasados.

Pero hay un detalle importante: este dinero no se entrega automáticamente. Por eso es clave saber si usted aplica y cómo hacer la solicitud.


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¿Quiénes tienen derecho a este retroactivo?

No todos los pensionados lo reciben. Este beneficio está destinado a quienes enfrentaron demoras injustificadas en la aprobación de su pensión. Estos son los principales casos:

- Pensión por vejez, invalidez o sobrevivencia reconocida tarde: si usted ya había cumplido los requisitos, pero su pensión se aprobó varios meses a años después, tiene derecho a recibir el pago desde el momento en que nació ese derecho .

- Familiares de personas fallecidas con derecho a pensión de sobrevivientes: si hubo retrasos en el proceso, se puede reclamar e retroactivo desde la fecha de fallecimiento del titular.

- Casos ganados por vía judicial o administrativa: si inicialmente le negaron la pensión, pero un juez o una entidad le dio la razón después, usted puede reclamar todas las mesadas no pagadas desde la fecha en que cumplió los requisitos.

Así se reclama el retroactivo paso a paso

- Llenar un formulario específico del fondo de pensiones. Debe adjuntar: copia de la resolución o sentencia que aprueba la pensión, historia laboral, cédula de ciudadanía.

La administradora de pensiones tiene un mes para revisar la solicitud y tomar una decisión.

-Si reconoce el derecho, expide un documento que ordena el paso del retroactivo. Esta decisión debe ser notificada al solicitante.

Este proceso no tiene ningún costo y no requiere abogado. 


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¿Y si le niegan el pago?

Si la entidad responde negativamente, usted puede acudir a la justicia laboral.

Si el monto que reclama es menor a 20 salarios mínimos, puede presentar la demanda usted mismo.

Si el valor es mayor, necesitará un abogado.

Además, tenga en cuenta que solo tiene tres años para reclamar a partir de la fecha en que surgió el derecho. Si no actúa dentro de ese plazo, podría perder definitivamente el dinero.

¿Cómo se calcula el retroactivo?

Este pago se calcula con base en el valor de la pensión que le correspondía desde que se originó el derecho hasta el momento en que le reconoció y pagó. 

Este monto no es fijo: se ajusta cada año, según el índice de Precios al Consumidor (IPC), o el aumento del salario mínimo, si la pensión equivale a ese valor. Esto garantiza que el retroactivo mantenga su poder adquisitivo.

La fecha depende del tipo de pensión:

- Pensión de vejez: desde el día en que cumplió edad y semanas.

- Pensión de sobrevivientes: desde la fecha de fallecimiento del pensionado.

- Pensión de invalidez: desde la fecha de calificación o última incapacidad.

- Colpensiones: desde la fecha en que usted quedó desafiliado.

Si ya tiene su pensión aprobada o está en proceso, revise si aplica para este beneficio no deje pasar los plazos.

*Con información El Colombiano


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