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Economía
¿Cuándo se debe hacer la declaración de renta para las personas naturales?
Los que tuvieron compras, consumos con tarjeta de crédito o ingresos brutos superiores a $50,8 millones deben declarar renta.
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Colprensa
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Viernes, 26 de Agosto de 2022

Ya empezó el periodo de vencimiento de plazos para la declaración de renta del año pasado. Según el calendario tributario de la Dian, las personas naturales que están obligadas a esta tarea tienen hasta el 19 de octubre para hacerlo, según los dos últimos números de su cédula (aunque hay algunos que ya se han vencido).

Si usted ganaba más de $4,23 millones mensuales o tenía un patrimonio bruto de $163 millones el año pasado, es posible que tenga que declarar renta, pero primero tendrá que examinar si cumple con alguno de los requisitos.


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¿Quiénes declaran renta?

La Dian establece en cada año tributario unos topes mínimos para la declaración de renta en Colombia relacionados con ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias del año anterior.

Las personas obligadas a declarar renta son las que tuvieron un patrimonio bruto al cierre de 2021 igual o superior a $163,38 millones (4.500 UVT); los que tuvieron ingresos totales el año pasado iguales o superiores a $50,83 millones ($4,23 millones mensuales); que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $50,83 millones (1.400 UVT); haber hecho compras y consumos de más de $50,83 millones o que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sea igual o superior a esta misma cifra, $50,83 millones para el ejercicio de 2021. También deben declarar renta aquellos que sean responsables del impuesto a las ventas (IVA), es decir, toda persona que venda productos o preste servicios gravados con el IVA.

¿Declarar es igual a pagar?

Según explica Lina María Galindo, contadora pública y coordinadora de publicaciones de gran formato del portal Actualícese, si una persona cumplió con alguno de los anteriores requisitos, tiene que presentar la declaración de renta por el año gravable 2021; pero no quiere decir que esté obligada a pagar el impuesto. A la renta bruta, es decir, a los ingresos totales, se les debe aplicar una depuración por gastos y deducciones para obtener la renta líquida gravable, que es la que determina si se debe pagar el impuesto o no.


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Existe una tarifa para cada rango en el que se encuentre la renta líquida que va hasta 39%. Es decir, si sus ingresos después de deducciones y descuentos fueron de entre $39,5 millones y $61,7 millones en todo 2021, se le aplicará una tarifa de 19%, pero si fueron de más de $1.125 millones, se le aplicará la tarifa máxima de 39%.

Gastos que pueden deducirse

Existen varios gastos que se pueden deducir al momento de determinar el impuesto de renta, los cuales aplican como descuentos en la declaración y bajar el umbral para no tener que pagar el impuesto.

Uno de los principales tiene que ver con los gastos realizados en salud. Cuando estos gastos hayan sido realizados por el trabajador, se podrá deducir hasta un máximo 16 UVT mensuales, unos $580.928.

Esta misma deducción aplica para los pagos realizados a entidades de Medicina Prepagada vigiladas Superintendencia de Salud y también para pagos por seguros de salud a compañías vigiladas por Superintendencia Financiera.

También se puede realizar la deducción por tener a cargo personas que sean dependientes, entre ellos hijos menores de 18 años, o que estén entre los 18 y 23 años a los que se les esté financiando la educación o mayores de 23 años, pero que sean dependientes por factores físicos o psicológicos.

También aplican como personas dependientes para deducir la renta, si se tiene un hermano, cónyuge o compañero permanente que tenga ingresos menores a 260 UVT anuales, unos $9,4 millones o $780.000 mensuales; o si se encuentra en situación de dependencia por factores físicos o psicológicos.


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En cualquiera de estos casos la deducción puede ser por un importe equivalente de hasta 10% de los ingresos brutos o hasta 32 UVT mensuales, un poco más de $1,16 millones, el valor que sea menor.

Además, por gravámenes a los movimientos financieros se puede deducir 50% del 4x1000, mientras que la deducción por intereses o corrección monetaria, en el caso de haber solicitado un crédito hipotecario o un préstamo para vivienda es de hasta $3,63 millones mensuales (100 UVT) o $43,56 millones anuales (1.200 UVT).

Hay algunas donaciones que siguen siendo sujeto de deducción y todas se pueden aplicar como descuento de hasta 25% del valor donado, siempre y cuando se efectúen a entidades sin ánimo de lucro calificadas en el régimen especial del impuesto sobre la renta y complementarios. Solo se puede escoger un solo beneficio, la deducción o el descuento.

Las rentas exentas y deducciones aplicables a una cédula general no pueden ser superiores a 40% o a $181,8 millones (5.040 UVT).

Plazo para declarar renta

El plazo para presentar la declaración y cancelar en un sola cuota vence dependiendo de los dos últimos dígitos de la cédula o del RUT, para los extranjeros. Las declaraciones ya se empezaron a presentar desde el 9 de agosto con las cédulas terminadas en 01 y 02, las que terminan en 03 y 04 se presentaron el 10 de agosto, luego las terminadas en 05 y 06 el 11 de agosto y así hasta las que terminen en 99 y 00 el 19 de octubre.

Otras verdades y mitos sobre la presentación de la declaración

Andrés Vélez, cofundador y CEO de Tributi.com, aclaró algunos de los mitos y verdades más comunes en torno a la declaración de renta. Uno de los mitos es que se necesite un contador que firme y realice el proceso, lo que solo es aplicable para los que cuenten con un patrimonio superior a $3.630 millones o si se necesita saber de contabilidad, ya que existen varias herramientas para el proceso. En cuanto a las verdades, está la multa de mínimo $380.000 que se debe pagar si no se declara renta, y tener el RUT para presentarla.

Publicado por La República

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