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¿Quién es el deudor principal y quién el subsidiario?
Las especulaciones sobre qué se ha negociado en La Habana y qué no, tienen desde ahora un punto de referencia: los textos divulgados. 
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Lunes, 28 de Diciembre de 2015

Los acuerdos sobre la justicia especial que se aplicará para la paz y las víctimas, que fueron revelados la semana pasada, son ampliamente satisfactorios. Definitivamente entramos en el tramo final de esta dura carrera por la paz que ha liderado el presidente Santos. 

Ahora viene el debate en torno a la ratificación que culminará con el voto del plebiscito. Que no será fácil, desde luego, y que en cierta manera ha comenzado con la divulgación de los acuerdos de la semana pasada. Ya se cuenta con textos claros y precisos. 

De manera que las especulaciones sobre qué se ha negociado en La Habana y qué no, tienen desde ahora un punto de referencia: los textos divulgados. 

Leídos los acuerdos de la semana pasada queda, sin embargo, una duda que ojalá se dilucide pronto en las múltiples reglamentaciones que requerirá la aplicación concreta de estos acuerdos: ¿quién es el obligado principal y quién el deudor subsidiario que deben indemnizar a las víctimas del conflicto, quienes (con razón se ha dicho) son el centro de gravedad de estos acuerdos? ¿Las Farc van a ser deudor principal, o terminará siéndolo el Estado? 

Al leer los acuerdos esto no queda claro. Existen algunas alusiones, un tanto vagas, a las obligaciones de las Farc de indemnizar a las víctimas y a los territorios afectados por su culpa, como, por ejemplo, la de contribuir al desminado humanitario o a la reconstrucción de la infraestructura afectada por el conflicto. Pero una declaración rotunda y paladina de que los primeros obligados a resarcir a las víctimas son los victimarios, es decir, las Farc, no se encuentra en los acuerdos. Y aunque en alguna declaración de Humberto De la Calle así se dijo, Ivan Márquez, por el contrario, afirmó que las Farc no tienen un centavo para reparar víctimas. 

La teoría general indica que en un conflicto de esta magnitud los victimarios deben ser los primeros obligados, al paso que el Estado solo lo es a título subsidiario. Si esta ecuación se invierte las consecuencias financieras y presupuestales del posconflicto son monumentales. 

Ya de por sí hay interrogantes serios, aún no respondidos, sobre cómo se financiará el posconflicto en los otros frentes diferentes al resarcimiento de las víctimas. Todos los cálculos que se han hecho coinciden en que los costos son gigantescos: no menos de un punto del PIB por año, o sea, cerca de ocho billones anuales. Nada de eso está presupuestado a partir de la vigencia del 2016. Año en el cual –si se firma la paz en marzo del año entrante— comenzarán a marcar los taxímetros del gasto público asociado al posconflicto. Algo se está recogiendo por los lados de la cooperación internacional pero, recordémoslo, el grueso del esfuerzo tendrá que salir de las arcas presupuestales. 

Si a lo anterior se le suma la obligación que, como obligado principal tuviera que asumir el Estado en todo capítulo de reparación a las víctimas, sin que las Farc terminen haciendo el esfuerzo principal que les corresponde como victimarias que son, el costo del posconflicto puede terminar desquiciando las posibilidades fiscales del país. 

Es mejor prever con antelación estos costos, y definir sin ambigüedades quién habrá de ser el obligado principal y quién el responsable subsidiario en la reparación de las víctimas. Antes de que sea demasiado tarde. Y de que la rueda dentada del posconflicto termine triturando al fisco nacional. 

* Exministro de Hacienda y de Agricultura. 

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