Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Política
Consejo de Estado anula la personería jurídica del partido En Marcha
La alta corte determinó que, aunque el movimiento participó en la coalición Centro Esperanza, no postuló candidatos propios, por lo que los votos de la alianza no le sirven para cumplir el umbral legal.
Authored by
Image
Colprensa
Colprensa
Jueves, 28 de Agosto de 2025

 La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló las resoluciones del Consejo Nacional Electoral (CNE) que habían otorgado y registrado la personería jurídica al partido En Marcha, liderado por el exministro del Interior Juan Fernando Cristo, al concluir que la colectividad no cumplió con el requisito de obtener el 3 % de los votos en las elecciones al Congreso, pues no inscribió candidatos propios a pesar de haber participado en la coalición Alianza Verde Centro Esperanza.

La decisión de única instancia se dictó en cumplimiento de una orden de la Corte Constitucional que, en la sentencia SU-175 de 2025, amparó el derecho al debido proceso de En Marcha y ordenó emitir un nuevo fallo.

El Consejo de Estado reconoció que, de acuerdo con la interpretación de la Corte Constitucional, las agrupaciones políticas sin personería jurídica sí pueden formar parte de coaliciones. Sin embargo, explicó que esta participación tiene un efecto principalmente político, pero no se traduce automáticamente en un efecto jurídico para obtener el reconocimiento legal.

El alto tribunal concluyó que el requisito fundamental para obtener la personería jurídica, según el artículo 108 de la Constitución, es el respaldo ciudadano medido en las urnas, el cual está "necesariamente atado a la efectiva postulación de candidatos por parte de una determinada organización política", algo que no ocurrió en el caso de En Marcha en los comicios legislativos de 2022.

La Sala señaló que, si bien la colectividad ha tenido un considerable trasegar político desde su creación en 2018, su participación en la coalición se limitó a un apoyo y a la promoción de una plataforma ideológica común, sin inscribir aspirantes. Por esta razón, consideró que los 1.958.369 votos obtenidos por la alianza no se le podían imputar a En Marcha para cumplir con el umbral.


Lea aquí: Paloma Valencia lanza su precandidatura presidencial por el Centro Democrático


Uno de los argumentos centrales del fallo fue la "falsa motivación" en la que incurrió el CNE al otorgar la personería. El órgano electoral basó su decisión en que los senadores Guido Echeverri Piedrahita, Gustavo Moreno Hurtado y Jairo Alberto Castellanos habían sido elegidos en representación de En Marcha.

Sin embargo, el Consejo de Estado demostró que esto era "contrario a la verdad". Las pruebas del proceso, incluyendo los formularios de inscripción electoral y certificaciones del partido Alianza Social Independiente (ASI), acreditaron que los tres senadores fueron avalados y se inscribieron como militantes de ASI en diciembre de 2021 para poder aspirar al Congreso.

La providencia judicial rechazó de plano la figura del "préstamo del aval" o "apalancamiento", argumentando que no existe en el ordenamiento jurídico colombiano y que "minaría la importancia de dicho acto y la seguridad jurídica que se genera frente a la militancia de los candidatos y el efecto que ello tiene frente al electorado".

Aunque la decisión anula la personería jurídica, el Consejo de Estado decidió modular sus efectos para que apliquen hacia el futuro (ex nunc) a partir de la ejecutoria de la sentencia. Esta medida busca proteger las situaciones que se consolidaron mientras el reconocimiento legal estuvo vigente, como la elección de alcaldes, concejales y otros cargos en las elecciones territoriales de 2023, quienes fueron avalados por En Marcha.

Tras conocer la decisión, el director del partido, Juan Fernando Cristo, la calificó como un "desacato" a la orden de la Corte Constitucional.

"A lo largo de mi vida pública, siempre, sin excepción, he respetado y acatado las decisiones de la justicia colombiana. Lo mismo hago frente a la decisión de hoy de la Sección Quinta del Consejo de Estado. Sin embargo, debo decir con toda claridad que no salgo de la sorpresa frente al desacato de esta sección del Consejo de Estado a una sentencia de tutela de la Corte Constitucional que le ordenó devolver la personería jurídica a En Marcha”, señaló Cristo en un video en X.

Asimismo, concluyó: “A partir de ahora seguiremos en nuestra lucha por defender los derechos de la militancia de la dirigencia En Marcha. No vamos a cejar en ese empeño y vamos a acudir a todas las instancias legales para que se cumpla como debe ser”.


Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion . 

Temas del Día