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¿Qué puede hacer el Contralor Municipal?
Ha pasado cinco años y como en la canción de Julio Iglesias la vida sigue igual.En términos leguleyos, los procesos ¡Están en curso!
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Jueves, 12 de Junio de 2025

Pues Oscar Enrique:mirar, solo mirar, evaluar y aprender.

Hace unos quince días (mayo 26) la contraloría del municipio de Cúcuta evaluó los contratos 030 de 2006 entre EIS CUCUTA SA y la privada Aguas Kpital SAS y el de Interventoría del Consorcio Hidrogestión Cúcuta SA y evidenció fallas estructurales en la operación, presuntos riesgos para la salud pública, debilidades técnicas y una preocupante ausencia de control institucional.

Cuatro años antes, esa misma Contraloría había pedido al Gobernador Serrano Pabón el 29 de agosto de 2022 la suspensión Inmediata del alcalde Jairo Tomás Yáñez con antecedentes penales fraudulentos.

Unas auditorías previas a las vigencias 2020,2021 y 2022 revelaron la consolidación de   70 hallazgos administrativos, de ellos 10 hallazgos fiscales, con incidencia disciplinaria y penal, por Detrimento Patrimonial valorado en seis mil trescientos millones de pesos , por sobrecostos en contratos y convenios, pagos irregulares de obras ejecutadas.

Ese 2022 se le informó a la Procuraduría, a la Fiscalía general y se iniciaron los Procesos de Responsabilidad fiscal. Pero apareció la mano de un congresista propietario de los entes de Control, y ahí quedaron los expedientes: tirados con términos vencidos. Nunca se supo.

Ha pasado cinco años y como en la canción de Julio Iglesias la vida sigue igual.En términos leguleyos, los procesos ¡Están en curso!

Así llegó la otra cobija de la corrupción;la de la intervención cautelar Prevalente de la CGR que también tiene congresista propietario haciendo lo mismo y nuestra Comisión Regional de Moralización cumpliendo órdenes las solicitó y aprobó. Y…ahí vamos en el disfrute de la impunidad y la prejudicialidad.

Efectivamente la CGR ordenó:

  • “Artículo segundo. Asignar el conocimiento y trámite de los procesos de responsabilidad fiscal numero 94 de 2021 y 001,003,004 y 005 de 2022 a la Contraloría General de la República para la responsabilidad fiscal, intervención judicial y cobro coactivo de la Contraloría General de la República (sic) en los términos señalados en el Decreto Ley 403 de 2020 y la Resolución Organizacional 002 OGZ 767 de 2920” sic.
  • Adenda: “Al final las obras quedan, las gentes se van, otros que vienen las continuarán. ¡La vida sigue igual!

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