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Declaran improcedente tutela de comerciante de fresas contra la alcaldía

El despacho judicial concluyó que la alcaldía no violó el derecho al trabajo ni el mínimo vital de la accionante y sus empleados.

 El juzgado Primero Penal del Circuito  Especializado con Funciones de Conocimiento de Cúcuta declaró improcedente una acción de tutela impetrada contra la alcaldía de Cúcuta por la ciudadana Yuly Liliana Delgado Suárez, quien alegaba que se amparara su derecho al trabajo y al mínimo vital para su sustento y el de 11 familias más que dependen de una negocio de su propiedad.

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El despacho concluyó que ni la alcaldía ni la policía vulneraban el derecho al trabajo ni al mínimo vital de la citada ciudadana, dado que el proceder de ambas entidades está dirigido al cumplimiento de la ley del espacio público, cuando procedieron a desalojar de un costado de la vía contigua a la Corporación Recreativa Tennis Golf Club, su negocio de venta de fresas, el cual atendía con sus empleados.

Para el órgano de justicia el negocio funcionaba en un lugar que no es el indicado, además de ocupar el espacio público.

Entre las consideraciones tenidas en cuenta para declarar improcedente la acción de tutela interpuesta por Delgado, el despacho judicial encontró que obraban pruebas documentales que demostraban que esta ciudadana es una reconocida comerciante formal, que cuenta con registro de Cámara de Comercio activo y su establecimiento mercantil cuenta con sucursales en dos de los más reconocidos centros comerciales de la ciudad.

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“Estos hechos llevan a concluir a este despacho que no se encuentra comprometido el mínimo vital denunciado por la accionante como lo pretendió hacer ver en sus manifestaciones ante la justicia, y sobre todo que la ocupación del espacio público que ha venido realizando no obedece a que no  cuenta con la facilidad para acceder a otros medios de subsistencia”, señala un aparte del fallo.

Por otra parte, menciona el fallo, que el hecho de que entre sus empleados existan personas en condiciones de vulnerabilidad y necesidad manifiesta, no es óbice para que no pueda reubicar su negocio en lugar permitido y formalizarlo, como lo ha hecho con sus otros negocios.

El secretario de Gobierno, Cristian Buitrago, le dijo a La Opinión que el procedimiento de desalojo de ventas informales practicado la semana pasada en la vía que conduce del Club Tennis hacia Los Patios se hizo atendiendo los requerimientos de la comunidad, que dijo sentirse lesionada en su derecho a la libre movilidad, pero también dentro del marco del derecho, sin vulnerar ningún derecho ciudadano, tal como lo concluyó el Juzgado Primero Penal del Circuito.

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El funcionario hizo un llamado  a las personas que tienen ventas en el espacio público de la citada vía, para que las reubiquen en sitios autorizados.

Buitrago mencionó que los operativos se mantendrán también en otros sitios donde se está violando la Ley del Espacio Púbico.

Vecinos de los barrios aledaños al sitio donde se presentaba la presencia de ventas ambulantes le dijeron a La Opinión que tampoco van su funcionamiento, “porque violan el derecho a la libre movilidad de los ciudadanos”


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