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Migración Colombia expulsó y deportó a 310 extranjeros en primer trimestre
La directora de la entidad, Gloria Esperanza Arriero, destacó que las cifras responden al mandato constitucional de garantizar seguridad nacional y orden público.
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Colprensa
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Sábado, 18 de Abril de 2026

Migración Colombia ejecutó 310 procedimientos de deportación o expulsión de ciudadanos extranjeros en lo corrido de este año, una cifra que mantiene el promedio registrado en el primer trimestre de 2025 cuando se cerró con 1.652 casos a nivel nacional, según reportó la entidad migratoria que detalló las causales y la distribución regional de estas medidas administrativas.

De los 310 casos, 157 corresponden a deportaciones asociadas principalmente a irregularidades de ingreso, salida o permanencia en el territorio, con concentración en Nariño con 51 casos, Oriente con 24, Atlántico con 19, Eje Cafetero con 17, Antioquia con 16 y la regional Andina que cubre Bogotá-Cundinamarca, Tolima, Boyacá, Caquetá y Huila con 14 casos.

Las 153 expulsiones restantes se ejecutaron por representar riesgo para la seguridad nacional, la salubridad, el orden público y la tranquilidad social o por requerimientos de Interpol, notificación de autoridades extranjeras o decisión judicial, con mayor incidencia en la regional Oriente con 57 casos, Andina con 23, Antioquia con 19, Nariño con 12 y Bogotá con 12.


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"Migración Colombia completó 310 casos de ciudadanos extranjeros deportados o expulsados en 2026 por infringir normas migratorias o representar un riesgo para la convivencia ciudadana en el territorio nacional. La Constitución y la Ley son contundentes a la hora de garantizar la seguridad nacional y el orden público, y en ese sentido se aplican estos procedimientos administrativos, respetando siempre los derechos y el debido proceso de las personas", afirmó Gloria Arriero, directora de Migración Colombia.

La entidad aclaró la diferencia entre ambas figuras: la deportación sanciona irregularidades migratorias con prohibición de ingreso entre seis meses y diez años, procedimiento susceptible de revisión, mientras que la expulsión es una medida administrativa discrecional por término no inferior a cinco años sin recurso, habitualmente como pena accesoria por delitos principales, que exige visa consular para reingreso.

Desde la regional Andina, principalmente en Bogotá, se hicieron efectivas más de 150 órdenes de deportación o expulsión, cuyos beneficiarios fueron transportados y escoltados hasta zonas de frontera o devueltos en vuelos hasta sus países de origen.


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