El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló el nombramiento del ministro de Defensa, Diego Molano, quien llegó al cargo en febrero de 2021.
La decisión fue tomada a raíz de que, cuando Molano fue nombrado, el gabinete de ministros no estaba cumpliendo con Ley de Cuotas, la cual le exige al Gobierno tener al menos el 30 % de ministerios ocupados por mujeres.
Entre otras cosas, la decisión del Tribunal advierte que “el nombramiento del Ministro de Defensa se produjo cuando existía la obligación de nombrar a una mujer”.
Precisamente, el fallo detalla que todo se trató de un problema de matemática simple. Cuando Molano fue nombrado, la participación de las mujeres en el gabinete ministerial pasó del 30 % al 27,7 %, pues de los 18 ministros solo cinco eran mujeres.
Sin embargo, en respuesta a la demanda, el Gobierno había señalado que con cinco mujeres en el gabinete, la cuota mínima sí se cumplía: el 30 % de 18 da 5,4 y, como se trataba de personas, el Gobierno argumentó que debía aproximarse a 5, el número más próximo. Bajo esa lógica señalaron que sí estaban cumpliendo con la Ley de Cuotas.
Para resolver la controversia el Tribunal argumentó que “al tratarse de grupos históricamente discriminados, la norma debe aplicarse a favor de ellos, y por tanto, el número deberá aproximarse al entero siguiente, que corresponde al número 6”.
Desde la Presidencia informaron que, como se trata de un fallo de primera instancia, no está en firme, pues será apelado ante el Consejo de Estado. En otras palabras, Molano seguirá en su cargo.
La decisión se da en medio de los cuestionamientos que ha recibido la cartera de defensa por cuenta de una operación que dejó 11 personas muertas en el municipio de Puerto Leguizamo, en Putumayo.
A raíz de ese hecho, Molano había sido citado por la Oposición a un debate de moción de censura en el Congreso de la República el próximo 26 de abril.
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