Tal y como estaba previsto, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado rechazó las aclaraciones presentadas en su momento por el abogado Humberto Sierra Porto, en medio de la demanda de nulidad electoral en contra del alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán Martínez.
Esto, luego de que el magistrado ponente, Luis Alberto Álvarez Parra, rechazara la recusación que el alcalde, a nombre propio, presentó en contra de Gloria María Gómez Montoya, Omar Joaquín Barrero y Pedro Pablo Vanegas, argumentando que vulneraron la confidencialidad del proceso.
Las aclaraciones que presentó en su momento Humberto Sierra Porto, como abogado de Jaime Andrés Beltrán Martínez, estaban relacionadas con los efectos de la sentencia. Es decir, cuestionaba si en las elecciones atípicas podría participar nuevamente como candidato.
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Tanto el saliente abogado del alcalde de Bucaramanga, Humberto Sierra Porto, como uno de los demandantes, Edgar Solier Millares, llegaron a un mismo acuerdo sin tenerlo en cuenta: pedir a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado explicar si la sentencia tiene efectos ex tunc o ex nunc.
Para las dos partes era importante aclarar el tipo de efectos que tiene la sentencia, toda vez que una de las posibilidades abriría la puerta para que Jaime Andrés Beltrán Martínez pudiera presentarse nuevamente a las elecciones atípicas a las que deberá convocar la Registraduría Nacional, cuando quede ejecutoriado el fallo.
El abogado Carlos Alfaro considera que, con el expediente ‘limpio’, es decir, sin recursos por resolver, ya empezaría la ejecutoría del fallo del mandatario local, apartándolo así del cargo de alcalde de Bucaramanga. Así las cosas, el gobernador de Santander, Juvenal Díaz Mateus, debería designar en las próximas horas a un alcalde encargado mientras se convoca a elecciones.
“Ahora el expediente queda limpio. Falta que el Consejo de Estado recoja firmas y quede listo para ejecutoría. Eso puede ser cuestión de días u horas para que el gobernador de Santander ponga a un alcalde”, afirmó.
El mandatario departamental deberá notificar a la Registraduría Nacional del Estado Civil sobre la vacancia en la Alcaldía de Bucaramanga para que, en un término no mayor a 45 días, se convoque a unas elecciones atípicas.
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