El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia emitió las nuevas reglas para la emisión de visas en el país y que entrarán en vigencia a partir del mes de octubre. Bajo la resolución 5477 del 22 de julio de este año se precisaron los lineamientos para la expedición de este documento.
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Entre las novedades resalta el tiempo de solicitud de estudio de la visa, que ahora se establece en 30 días calendario para emitir un pronunciamiento sobre sí se aprueba o no. Además, precisa “cuando el proceso de estudio y verificación de documentos requiera elevar consultas a otras entidades, el tiempo de respuesta podrá exceder dicho plazo”.
La presente resolución establece que las autoridades de cancillería o migración tendrán “la potestad de solicitar documentación adicional y realizar entrevistas en los casos en que lo estime conveniente, con el fin de asegurar la veracidad de la actividad que ha desarrollado o aspira a desarrollar el extranjero en Colombia”.
La norma aclara que hasta en tres oportunidades se puede hacer este procedimiento “cuando se requiera verificar el cumplimiento de las normas migratorias en materia de regularidad y actividad autorizada, o cuando sea necesario definir si dicha actividad es del interés nacional”.
Pero la resolución indica también que si el extranjero que solicita la visa se encuentra en Colombia al momento de la solicitud “deberá asegurarse de permanecer en estado migratorio regular durante todo el tiempo que se prolongue el procesamiento de su solicitud, ya sea al amparo de una visa vigente, de un salvoconducto o de un permiso de permanencia”.
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Se precisa que el pasaporte del solicitante debe tener una vigencia mínima de seis meses, al momento de iniciar el trámite.
En el caso de los venezolanos, existe una medida excepcional dentro de la resolución, que establece que los migrantes venezolanos amparados bajo el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), en vez de pasaporte podrán presentar para el trámite de la visa el Permiso por Protección Temporal (PPT) expedido por Migración Colombia.
Sobre este particular, la resolución expone lo siguiente: “El trámite de esta visa se podrá efectuar de manera automática mediante interoperabilidad de plataformas digitales institucionales”.
Y las solicitudes de este tipo de visa para los venezolanos podrán empezar a solicitarse a partir del 1 de junio de 2023.
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