3. ¿Quiénes deben declarar renta?
Todos los colombianos debemos contribuir al Estado a través del pago de impuestos para gastos de funcionamiento, inversión y desarrollo. Específicamente, están obligados a declarar renta los ciudadanos y empresas que ejerzan una actividad económica en el territorio nacional, aunque la norma determina los siguientes topes para el año 2020 en personas naturales.
- Ingresos superiores a $49.850.000 durante 2020.
- Patrimonio superior a $160.232.000 a diciembre 31 de 2020.
- Total de compras y consumos superior a $49.850.000 para 2020.
- Valor total de compras con tarjeta de crédito superior a $47.978.000 durante 2020.
- El valor total de consignaciones o transferencias bancarias recibidas por valor de $49.850.000 durante 2020.
El profesor Freddy Velandia indicó que, si es la primera vez que va a presentar su declaración de renta, es mejor buscar asesoría. “Nuestra legislación tributaria es muy compleja y se requiere de tiempo y dedicación para preparar sus declaraciones, es menester conocer bien del tema, qué debemos registrar en la declaración y qué derechos tenemos sobre la misma, deducciones, exenciones y actividades no sujetas de impuesto”.
4. ¿Cuáles son los beneficios de declarar renta?
Declarar renta le ayudará a demostrar su capacidad económica, le servirá para hacer trámites financieros, le dará tranquilidad tributaria y le permitirá ser beneficiario de las deducciones y exenciones a que hay lugar por parte de la DIAN y el Gobierno Nacional en cuanto al manejo que le deba dar a sus finanzas y transacciones personales.
Lea también Vehículos de salvamento, forma de tener carro propio a bajo precio
“Es necesario contribuir con los impuestos demostrando una cultura tributaria que aporte al Estado para su manejo, orden, justicia, equidad, desarrollo, control y seguridad para cada uno de nosotros como contribuyentes y como conciudadanos de nuestro país”, dijo catedrático de la Universidad Antonio Nariño.
5. ¿Existen sanciones para quienes no declaren renta?
Es posible que usted sea castigado por no presentar la declaración de renta o hacerlo en forma indebida. En el Estatuto Tributario Nacional, a partir del artículo 631, están tipificadas todas las sanciones posibles en las que se puede incurrir, entre ellas, por extemporaneidad, por corrección o por inexactitud.
Velandia aconsejó, además, apoyarse en un profesional de la Contaduría para hacer una declaración de renta, quien le ofrecerá acompañamiento, asesoramiento y preparación, dado que se trata de un proceso muy complejo. Si bien por ley puede presentarla a título propio, solo debe hacerlo en caso de tener el tiempo suficiente, la experticia, el conocimiento tributario y “si no le teme a la DIAN”.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en http://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion