El empresario de transporte público, Miguel Ángel Flórez elevó un recurso de apelación ante el Consejo de Estado, a fin de que se declaren válidas unas pretensiones que fueron rechazadas por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander relacionadas con el funcionamiento del peaje de La Parada, en la Autopista Internacional (Villa del Rosario).
Según Flórez el Ministerio de Transporte y el Instituto Nacional de Vías, Invías decidieron hacer caso omiso a un acuerdo binacional que está vigente y en el cual se fijaron una serie de medidas que están siendo ignoradas por los citados entes nacionales, razón por la cual Flórez acudió al superior jerárquico para que se decida de manera definitiva si se suspende o no el cobro de 2.100 pesos que se hace en el peaje de La Parada hasta tanto no se resuelva de fondo la querella interpuesta ante las dos entidades nacionales.
Para el empresario de transporte al Instituto Nacional de Vías no le asistía competencia alguna para incluir el peaje de Villa del Rosario en la lista de estos puntos recaudadores de Norte de Santander.
El peaje –recordó- obedece a un acuerdo binacional suscrito entre Colombia y Venezuela en agosto de 2017.
También, que dicha caseta debe estar ubicada al pie del citado puente y que el producido del recaudo se debe destinar, en un ciento por ciento, al mejoramiento de las vías del área metropolitana.
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En la querella contra el Mintransporte y el Invías interpuesta por Flórez ante el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, en octubre de 2022, se solicitó declarar la nulidad parcial de los artículos 1, 3 y 5 de la resolución 176 de 2022 expedida por el Invías, así como de la expresión ‘peaje La Parada’.
De igual manera ordenar al Ministerio de Transporte ejercer su competencia en su condición de autoridad superior al Invías, garantizando los compromisos adquiridos por el Estado Colombiano en el acta binacional del 09 de agosto de 2007, como son:
Conservar la tarifa de dos mil pesos en el citado peaje. Asimismo, realizar el cobro de la tarifa de peaje únicamente a los vehículos que ingresan a territorio colombiano por el puente internacional Simón Bolívar. Exonerar de tal cobro a los vehículos de placa nacional.
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También solicitó que se admitieran estas medidas cautelares toda vez que el recaudo se estaría haciendo de manera irregular.