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Ídolos de barro
¿Será que en contexto de pandemia y de un Estado social de Derecho pensar en un crédito excepcional del BR respetando su autonomía para garantizar renta básica universal por un tiempo es inaudito?
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Viernes, 9 de Julio de 2021

El Estado colombiano desde su surgimiento ha tenido en el poder gobiernos ortodoxos. Solo en la dialéctica independentista de Bolívar, Nariño y otros padres fundadores se plantearon ideas heterodoxas que con base en modelos constitucionales calcados de Francia, Inglaterra y Estados Unidos pretendieron romper paradigmas de dominación con respecto a la Metrópoli española.

En gracia de discusión esa ha sido la regla general que ha mantenido “unido” el Estado que aún no consolida una Nación pluralista como es el propósito de la Constitución actual. El pasado 4 de julio se conmemoraban treinta años de su expedición. Una Carta que por primera vez en la historia política colombiana surgía de un pactum entre fuerzas antagónicas que lograron plasmar en un documento sus visiones políticas encontradas.

Pese a ser una Constitución extensa y reglamentaria de aspectos que no deberían ser materia constitucional, con un permanente reformismo (cincuenta y cinco reformas hasta la fecha) tiene las normas sustanciales necesarias para garantizar una democracia constitucional real, con un catálogo de derechos que buscan concretar principios mínimos morales de convivencia como son la dignidad humana y la igualdad material entre los ciudadanos.

La aplicación de la Constitución ha quedado más explícita en el mundo de las ideas que en el mundo real. Nuestra Carta es ambiciosa en sus normas pero precaria aún en su materialización. Ello ha sido resultado de algunos gobiernos que aún conciben los derechos constitucionales como concesiones hartas en lugar de cartas de triunfo de las personas ante el poder político.

Y es que el poder político es complejo. La amalgama de intereses que maneja y que trata de equilibrar muchas veces no es suficiente para dotar al sistema político de legitimación ante los ciudadanos. ¿De qué sirve tanto constitucionalismo normativo sin política constitucional?

En días recientes se planteaba un debate más esquizofrénico que dialéctico respecto a las bondades de que el Banco de la Republica (BR) otorgase un crédito excepcional al gobierno para financiar programas sociales pertinentes como son la renta básica universal para los ciudadanos más vulnerables y el subsidio a la nómina de las Mipymes.

La idea per se es interesante para debatir, analizar y someter a contradicción dialéctica. Empero, su debate se limitó a diatribas entre bandos políticos opuestos. En este punto un economista ortodoxo como Juan Carlos Echeverry insinuaba que pretender créditos a interés cero por parte del BR al gobierno era una herejía propia de un Estado comunista o un gobierno irresponsable. Que ello era volver a la gente vaga y facilista.

Lo que pasaba por el alto el gran economista era que en Colombia la pobreza y el desempleo están por las nubes. Y no es precisamente por la gente, sino por el modelo económico ortodoxo que no ha querido estirar en sus debidos límites la regla fiscal para aumentar el gasto público social en tiempos de pandemia, salvar a los ciudadanos y empresas que han tenido dificultades extraordinarias para proteger el empleo por los cierres drásticos del año pasado.

¿Será que en contexto de pandemia y de un Estado social de Derecho pensar en un crédito excepcional del BR respetando su autonomía para garantizar renta básica universal por un tiempo es inaudito? ¿es la Constitución entonces un documento vacuo que usan las élites en el poder como eufemismo retórico para no transformar la realidad social? ¿qué ídolos de barro estamos avalando para creer que en contexto de pandemia un crédito excepcional del BR es equivalente a emitir billetes y no como un posible medio para garantizar la supervivencia humana?

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