En seis meses, dos militantes del partido Centro Democrático, en Norte de Santander, protagonizaron golpizas que dejaron huella de la crueldad con la que actuaron estos hombres.
El primer caso se registró en agosto de 2015, cuando el hoy diputado de la Asamblea, el cardiólogo Leonardo Cuéllar Sus, golpeó a su novia Paola Mora, hasta dejarle graves lesiones en el rostro, señales de la violencia que tanto es criticada por el uribismo.
A pesar de que inicialmente se anunció la renuncia de Cuéllar a la contienda electoral que se llevó a cabo el 25 de octubre del año pasado, este continuó en su aspiración y fue elegido con 8.840 votos.
El rechazo de la comunidad cucuteña ante las lesiones de las que fue víctima Mora, no se hizo esperar. La exconcejala Marta Liliana Mora lideró una campaña de sensibilización en señal de protesta contra esta acción en la que una vez más, una mujer se convirtió en víctima de los abusos de la fuerza y de la agresión física.
No obstante, el segundo caso no es de menor gravedad. La semana pasada se conoció un video en el que el excandidato a la Asamblea, Jesús Alfonso López, le propinó una golpiza a su vecino Sigilfredo Patiño, un anciano indefenso ante la superioridad de su agresor.
El hecho se produjo en Ocaña, en presencia de un motociclista que no hizo nada por evitarlo. La discusión por un antiguo problema familiar desencadenó la fuerte agresión que sufrió el hombre de 83 años. A López se le ve pegándole patadas y puños a Patiño quien cayó pesadamente al piso.
Al anciano le ordenaron una incapacidad de menos 20 días y tiene inmovilizado uno de sus brazos.
A pesar de que el agresor pidió disculpas públicamente y reconoció que actuó de manera incorrecta, la víctima declaró que no perdonaba su actitud, debido a la gravedad de las lesiones.
Entre tanto, las directivas del Centro Democrático decidieron expulsar de la colectividad a Jesús Alfonso López tras el bochornoso hecho.
En un comunicado público, firmado por el expresidente Álvaro Uribe Vélez, líder del partido, se explicaron las razones por las que López no haría parte del movimiento desde ese momento.
“La Veeduría Nacional emprenderá las acciones correspondientes ante las autoridades legales. Nuestro partido no tolera irrespeto ni maltrato alguno hacia los ciudadanos, menos cuando se trata de una persona adulta mayor”, señala el comunicado.
Las lesiones, una constante en la sociedad
En Cúcuta, la Policía atiende frecuentemente situaciones similares a los casos antes mencionados. Las lesiones personales se convirtieron en el común denominador de las relaciones interpersonales en la comunidad del área metropolitana.
En 2015 se registraron más de 26.000 casos de riñas y peleas en la ciudad. En lo que va de este año, 16 personas han sido capturadas por el delito de lesiones personales.
La falta de autocontrol y dejarse llevar por la ira y el rencor complementan un factor determinante a la hora de protagonizar escenas agresivas que conllevan a cometer un delito.
Para la sicóloga Milena Ramírez, estas conductas violentas son el resultado de un conjunto de situaciones sociales que enmarcan las relaciones entre las personas que conviven en un mismo entorno.
“Estamos acostumbrados a solucionar cualquier situación con golpes y amenazas. Ese ‘chip’ debe cambiar para ser generadores de diálogo y armonía, que son los elementos que definitivamente les faltan a los cucuteños”, dijo.
Por esto, Ramírez asegura que constantemente en sus talleres aplica estrategias de resolución de conflictos, para que los ciudadanos adapten a su diario vivir todas las alternativas de soluciones pacíficas ante cualquier problema que se presente.
Asimismo, la Policía tiene una oficina de conciliación, donde las personas puedan exponer los problemas para que sean remediados con ayuda de profesionales.
Tras las rejas
Según el artículo 112 del Código Penal, la persona que cause lesiones personales puede ser castigada por la justicia de la siguiente manera:
Si el daño consistiere en incapacidad para trabajar o en enfermedad que no pase de treinta días, la pena será de prisión de uno a dos años.
Si el daño consistiere en incapacidad para trabajar o enfermedad superior a treinta días sin exceder de noventa, la pena será de uno a tres años de prisión y una multa de cinco a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Si pasare de noventa días, la pena será de dos a cinco años de prisión y una multa de diez a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes.