Ante el Tribunal Superior de Bogotá, comenzó este miércoles la audiencia en la que la Fiscalía pretendía imputar cargos contra el general en retiro y excomandante del Ejército Mario Montoya Uribe, por su presunta responsabilidad como “determinador” en los asesinatos de 104 personas dentro de los llamados ‘falsos positivos’, en hechos ocurridos entre noviembre de 2007 y noviembre de 2008.
No obstante, a lo largo de la diligencia, se planteó un conflicto de competencias del caso, entre la justicia ordinaria y la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), por lo que el magistrado Fabio Bernal Suarez, tras escuchar los argumentos de las víctimas y de la defensa sobre la petición para proceder con la imputación, determinó suspender la audiencia.
Aunque en principio la diligencia estaba planteada para este jueves 26 de agosto a las 3:00 de la tarde, se conoció que la diligencia tendrá lugar hasta el próximo lunes, 30 de agosto, a la misma hora.
Así las cosas, el Tribunal deberá definir si es competente para escuchar la imputación o si el caso debe continuar exclusivamente en la justicia transicional.
Al comienzo de la diligencia, la Fiscalía argumentó que tiene elementos de prueba de que cuando el oficial (r), se desempeñó como comandante del Ejército Nacional, ordenó a todas sus unidades subalternas privilegiar como medición de los resultados operacionales las desmovilizaciones colectivas e individuales, sobre las capturas y estas sobre las muertes en combate.
Lo anterior, omitiendo la directiva 300-28, emitida el 20 de noviembre de 2007, cuando las Fuerzas Militares ordenaron a todas sus unidades subalternas privilegiar como medición de los resultados operacionales, las desmovilizaciones colectivas e individuales, sobre las capturas y estas sobre las muertes en combate.
La Fiscalía argumentó que la petición de imputación está sustentada en varios conceptos de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Especial para la Paz.
El fiscal aseguró que "la actividad de la Fiscalía debe mantenerse, en lo que conocemos como la obtención de ley de conocimiento, a fin de documentar los hechos y entre otras razones, porque mientras la Jep ejerce su competencia global, la Fiscalía puede desarrollar competencias complementarias, para indagación e investigación de los hechos".
El ente acusador señaló que reconoce la competencia de la JEP en este caso, por cuanto el general hizo un sometimiento ante dicha jurisdicción, "pero hasta el momento esta entidad no ha asumido el conocimiento efectivo e integral del proceso, no existe un auto de determinación ni un llamado a reconocimiento".
El fiscal añadió que la Fiscalía no se puede quedar estática y que debe seguir investigando hasta que se llegue a una acusación que le favorezca a las víctimas.
"En ese sentido y en aplicación del principio de celeridad, el ente acusador está facultado para continuar con la investigación adelantando las diligencias necesarias en las distintas etapas procesales previas al juzgamiento. El objetivo es evitar la prescripción del proceso y proteger los derechos de las víctimas", aseguró el ente acusador.
Además, el fiscal se apoyó en la ley 906 para sustentar la imputación y añadió que se debe adelantar las investigaciones hasta que culmine esa etapa y solo reste el juzgamiento. "A la fecha la JEP no ha asumido el conocimiento efectivo del caso ni hay un auto de determinación de los hechos y conductas que va a verificar Mario Montoya en la JEP. La justicia penal ordinaria debe continuar con las actuaciones procesales previas al juzgamiento".
Por lo anterior, aseguró que, “la Fiscalía solicita al Tribunal conforme a las normas de competencia, se permita realizar la imputación al general Mario Montoya, ya que los hechos fueron realizados mientras se desempeñaba como comandante del Ejército Nacional y por lo anterior, la competencia para este caso hasta este momento estaría en cabeza de la Corte Suprema de Justicia”, indicó el fiscal.
Por su parte, Andrés Garzón, defensor del general, pidió no realizar la imputación de cargos y planteó el conflicto de competencias. “Es evidente que la Fiscalía no tiene ninguna atribución legal para realizar la audiencia, por cuanto la competencia es de la JEP".
El litigante citó que su cliente se sometió voluntariamente a la JEP en 2018 y que allí ya ha estado en diligencias, es decir, el procedimiento ya empezó. El sometimiento, comentó, excluye que otras instancias lo soliciten por hechos anteriores al 1 de diciembre de 2016 y que se le quieran imputar. "El factor de competencia está definido", dijo, y añadió que la competencia de la JEP es exclusiva.
El defensor agregó que la competencia de la JEP es preferente y exclusiva, dado que los hechos investigados guardan estricta relación con el conflicto armado colombiano.
Añadió que "la norma está muy clara, el general no se puede imputar, porque tendría dos procesos por los mismos hechos en dos jurisdicciones al mismo tiempo.La justicia ordinaria no es competente y no podía pedir la audiencia".
Por su parte, el abogado Sebastián Uribe, defensor de víctimas, aseguró que antes de tomar una decisión sobre las competencias, se debe permitir que la Fiscalía exponga los hechos jurídicamente relevantes, para determinar si efectivamente se cumplen o no los criterios de competencia material.
La solicitud fue respaldada por Germán Romero, también defensor de víctimas, quien pidió al Tribuanl que sea aceptada la imputación, pues aseguró que la Fiscalía debe continuar con la etapa de investigación.
"El general defraudó a la justicia en la JEP, que no se allanó a cargos, que no hizo ningún aporte a la justicia y en su comparecencia ante la JEP no se ha llegado a nada", aseguró. Agregó que la JEP no ha reclamado competencia y que por lo anterior de debe permitir la imputación por parte de la Fiscalía.
Para concluir, La Procuraduría señaló que este caso no se encuentra en un limbo jurídico y que el general Montoya se acogió a la JEP. "Ha asistido a todas las reuniones que se le han hecho", dijo.
Además aseguró que este caso es un caso priorizado en el marco del macrocaso 03, muertes presentadas en bajas de combate por el estado, por lo cual para el ministerio público el caso debe seguir en manos de la JEP.
"El ministerio público considera que la competencia no está en cabeza de la Fiscalía, ni de su señoría (el magistrado), nos podríamos encontrar ante un conflicto de jurisdicción. Ya se ha pronunciado la Corte argumentando que solo puede investigar la Fiscalía, pero no citar para diligencias judiciales. Por esta razón, el ministerio público solicita respetuosamente que no se acceda a las pretensiones y que el proceso siga quedando en la JEP".
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